Condenada una pareja por construir ilegalmente una casa prefabricada de 42 m2 que deberán demoler

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a una pareja por construir una casa prefabricada de 42 metros cuadrados en suelo no urbanizable de la localidad de Utrera, edificación que deberán demoler a su propia costa, según la sentencia consultada por Europa Press.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a una pareja por construir una casa prefabricada de 42 metros cuadrados en suelo no urbanizable de la localidad de Utrera, edificación que deberán demoler a su propia costa, según la sentencia consultada por Europa Press.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla condenó a J.A.L. y E.M.B. a seis meses de prisión y el pago de una multa de 1.080 euros por un delito contra la ordenación del territorio en relación a la construcción de esta vivienda, pero no los condenó a demoler lo edificado, por lo que la propia Fiscalía recurrió en apelación ante la Audiencia, quien le da la razón y ordena derribar la casa.

La Audiencia Provincial argumenta que, tratándose la construcción de una edificación "que no es susceptible" de ser legalizada o autorizada por parte de la Administración competente, "sólo nos cabe, a fin de restaurar la realidad física de la finca afectada por la ilegal edificación, decretar la demolición" a costa de los dos acusados.

Base de hormigón

Así, dice que dicho derribo "es la única forma en que puede ser restablecida la legalidad urbanística transgredida" cuando ambos acusados edificaron en suelo no urbanizable, considerando probado que los imputados instalaron una vivienda prefabricada sobre base de hormigón de 42 metros cuadrados a la que dotaron de red de saneamiento con conexión a fosa séptica.

Asimismo, realizaron una piscina y comenzaron la construcción de un trastero de ladrillos, todo lo cual "evidencia el carácter e intención de los imputados de permanencia de la vivienda prefabricada con los elementos constructivos, estéticos y de habitabilidad para considerarlo una morada", todo lo cual se hizo "en suelo no urbanizable y de modo no autorizable".

Por todo ello, estima el recurso interpuesto por la Fiscalía y condena a la pareja a demoler la vivienda, confirmando tanto la pena de seis meses de prisión como los 1.080 euros de multa.

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