El Supremo confirma otro deslinde que obliga a una revisión del plan parcial de Isla Canela

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de 1.212 metros de longitud en Isla Canela, correspondientes al margen izquierda del estero de Canela, entre la desembocadura del estero de la Plata y el puente de acceso a Isla Canela desde Ayamonte (Huelva), aprobado por el Gobierno en 2007, una decisión que obliga a revisar el plan parcial aprobado para la zona.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de 1.212 metros de longitud en Isla Canela, correspondientes al margen izquierda del estero de Canela, entre la desembocadura del estero de la Plata y el puente de acceso a Isla Canela desde Ayamonte (Huelva), aprobado por el Gobierno en 2007, una decisión que obliga a revisar el plan parcial aprobado para la zona.

El alto tribunal en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa Isla Canela S.A., contra una sentencia dictada en marzo de 2010 de la Audiencia Nacional (AN) que declaraba conforme el deslinde y obligaba a revisar el Plan de Ordenación del Centro de Interés Turístico de Isla Canela y El Moral, para adaptarlo a la Ley de Costas.

Concretamente, la entidad actora impugna el tramo de deslinde comprendido entre los vértices A-5 y A-14, especialmente en lo que se refiere a la anchura de la servidumbre de protección de 100 metros, según figura en los planos de la Dirección General de Costas unidos al expediente administrativo.

Aunque la entidad recurrente considera que el incumplimiento del plazo de ejecución del plan parcial ha sido por causa imputable a la Administración esto, sin embargo, no resulta acreditado para el Tribunal.

El citado plan, aprobado en 1982, tenía un plazo de ejecución de 15 años que ha sido incumplido, según entiende ahora el Supremo, por causas no imputables a la Administración, lo contrario de lo que persigue la empresa.

Cabe recordar que hoy mismo se ha conocido otra sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado otro deslinde, concretamente el de los bienes de dominio público marítimo-terrestre de un tramo de costa de unos 3.595 metros de longitud, correspondiente al sector de las marismas de San Bruno de Isla Canela, aprobado por el Gobierno central en 2009, al advertir caducidad en el procedimiento por el incumplimiento por la Administración del plazo para resolver y efectuar la correspondiente notificación, al tratarse de un procedimiento iniciado de oficio.

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