En el arbitraje (cuando las partes se someten a lo que diga un árbitro, sin pasar por los juzgados) se dictan los laudos (sentencias) en sólo 25 días, frente a los dos o tres meses que tarda un juicio. Además, los juzgados demoran entre cuatro y cinco meses la ejecución del pago de rentas y desahucios. Según Javier Íscar aquí «no hay audiencias ni vistas, de ahí su éxito. Ya hay 7.125 empresas de toda España que lo usan».
Sólo en un 8% de los pleitos es el inquilino quien decide denunciar, y suele ser por dos motivos: devolución de la fianza o deficiencias sin reparar.
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Menos líos entre dueño e inquilino
Javier Íscar, de la Asociación Española de Arbitraje, indica que gracias a esta mediación también se ha logrado reducir la conflictividad general entre dueños de viviendas y sus inquilinos por todas las causas, no sólo por el impago del alquiler. Sólo el 0,2% de los contratos con arbitraje acaban necesitándolo. En cambio, cuando no prevén arbitraje, los conflictos se elevan hasta un 2% del total de las viviendas alquiladas.
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