La jueza dirimirá este jueves si Bauzá ya está facultado para demandar a Bravo por llamarle "fascista"

Ello después de que el Govern autorizase a la Abogacía a ejercer acciones legales no sólo contra el líder sindical sino también contra UGT

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Palma ha fijado para este jueves la continuación de la tramitación de la demanda civil interpuesta por el presidente del Govern, José Ramón Bauzá, contra el secretario general de UGT, Lorenzo Bravo, con la celebración de una audiencia en la que la jueza dirimirá si la Abogacía autonómica está facultada para ejercer acciones legales -en nombre de Bauzá- contra el dirigente sindical y el propio sindicato por los improperios a los que presuntamente fue sometido el jefe del Ejecutivo balear por parte de Bravo.

En una providencia a la que tuvo acceso Europa Press, la magistrada del Juzgado, María Isabel Frade, afirma que ha fijado la vista para esa jornada una vez subsanados los defectos procesales en los que incurrió el jefe del Ejecutivo balear, quien interpuso la demanda contra Bravo y UGT a pesar de que un acuerdo del Consell de Govern le facultaba a ejercer acciones penales sólo contra Bravo y únicamente por el calificativo de "fascista" pero no para acudir a la vía civil ni a demandar al sindicato, como tampoco por otros insultos.

Así, después de que la jueza instase al gabinete autonómico a dictar un nuevo acuerdo que habilitase a Bauzá si su pretensión pasa por llevar adelante una demanda de protección de derecho al honor, la Abogacía de la Comunidad Autónoma ha aportado al Juzgado un nuevo acuerdo del Consell de Govern que extiende el ejercicio de acciones legales a UGT -ya no sólo contra Bravo- y faculta a Bauzá para que pueda demandarles por los otros supuestos improperios.

Sin embargo, el letrado que representa a Bravo y al sindicato, Pablo Alonso de Caso, entiende que no ha sido subsanada la falta de capacidad procesal del presidente, por lo que, tal y como ha incidido en declaraciones a Europa Press, "no se dan todos los presupuestos procesales" para que la jueza "entre en el fondo del asunto". Unas consideraciones que expondrá este jueves de forma más detallada.

Durante la audiencia anterior, en la jueza instó a que fuese aportado el nuevo acuerdo del Consell de Govern, Alonso de Caso puso de manifiesto que los jurídicos de la Comunidad fueron autorizados únicamente a iniciar acciones en materia penal ante la presunta comisión de un delito de injurias contra el presidente, pero no a interponer una demanda civil, con la que Bauzá reclamaba una indemnización de 6.000 euros.

De hecho, en el escrito que presentó el abogado en contestación a la demanda de Bauzá, el letrado ya alegaba la falta de capacidad procesal del dirigente del PP para interponerla, puesto que el acuerdo del Consell autorizaba a la Abogacía a iniciar acciones penales a través de una denuncia o querella. "Lo primero que ha de constatarse es que la persona interesada ha solicitado realmente la tutela judicial", aseveraba.

Es más, el abogado mantiene que el acuerdo tampoco facultaba a los servicios jurídicos del Govern a demandar a UGT, pese a que así lo hicieron en representación de Bauzá, como también se les daba permiso a iniciar acciones legales "sólo por las manifestaciones públicas en las que [Bravo] calificó al presidente de fascista", y no por otras manifestaciones que la Abogacía autonómica incluyó en la demanda.

Calificaciones vertidas tras un anuncio de bauzá

En concreto, las presuntas calificaciones de Bravo se produjeron después de que el Ejecutivo balear acordase reducir el número de liberados sindicales al mínimo legalmente establecido, tras lo cual, según la demanda de Bauzá, el sindicalista pronunció "unas graves manifestaciones" tanto a sus consellers como a él mismo" por las que reclama una indemnización de 6.000 euros o la cantidad que "prudencialmente fije el juez".

Sin embargo, Alonso de Caso, tras aseverar que las manifestaciones mentadas en la demanda "no atentan contra el derecho al honor" del mandatario balear, apelaba a distintos artículos de la Constitución referentes a la libertad de expresión y recordaba que el propio Bauzá, con ocasión de las distintas concentraciones que se produjeron a su paso por varios municipios, llamó "fascistas" a los ciudadanos que protestaban, cuando "el honor de los ciudadanos está por encima del de los políticos, según abundante y pacífica jurisprudencia".

El letrado, amparándose a lo largo de su escrito en numerosa doctrina judicial, concluía que debe "prevalecer el derecho a la libertad de expresión en un Estado democrático de Derecho que debe gozar de sus máximas garantías" y no debe "ser restringida cuando la libertad de expresión va dirigida a informar a la ciudadanía sobre asuntos de interés público en relación con la acción de gobierno emprendida por políticos, impidiendo de este modo la crítica y el debate político-procesal".

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