El Gobierno actualiza normas de navegación marítima para proteger medio ambiente y patrimonio subacuático

Diez años después del 'Prestige', uno de sus propósitos es determinar la responsabilidad del armador, quien asume la gestión náutica del buque

El Consejo de Ministros ha actualizado las normas de navegación marítima de 1885, conocidas como Código de Comercio, con la aprobación de una anteproyecto de Ley para, entre otros, proteger el medio ambiente y el patrimonio subacuático, así como establecer las responsabilidad de los capitanes en casos de polizones y asegurar su debida atención una vez sean detectados.

Así lo ha anunciado la vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha destacado que esta norma se viene elaborando desde hacer una década por parte de la Comisión General de Codificación.

La determinación del responsable de cualquier hecho que tuviera lugar en el medio marino es uno de los propósitos de la norma y gira en torno a la figura del armador, que es el responsable de los actos u omisiones del capitán y de las demás personas que haya contratado. El armador es quien asume la gestión náutica del buque, es decir, su mantenimiento en condiciones de navegabilidad y la contratación del capitán y del resto de dotación.

La regulación del tráfico marítimo prevé restricciones por razones de seguridad y protección marítima, así como un mayor control de los buques que presenten graves deficiencias para navegar y la previsión de lugares de abrigo para situaciones de arribada forzosa.

Responsabilidad por contaminación

Respecto a la responsabilidad civil por contaminación, la norma sólo regulará los supuestos en los que no sean de aplicación los convenios internacionales vigentes. Además, se subsana la laguna existente en cuanto a normas procesales relativas al ejercicio del derecho a limitar la responsabilidad mediante un procedimiento específico.

El régimen de responsabilidad que contemplan los Convenios Internacionales se liga en la futura Ley a un proceso judicial específico. También Se modernizan la regulación del contrato de seguro marítimo y las especialidades procesales que conllevarán las nuevas normas de la futura Ley, como el embargo preventivo de buques o la venta forzosa de los mismos.

"Ha llovido bastante", ha señalado Sáenz de Santamaría, en relación al objetivo del Ejecutivo de establecer una normativa sistemática, homogénea y actual de todo el derecho marítimo: la ordenación marítima de la navegación, los vehículos y sujetos de la navegación, los contratos de la navegación del buque, los auxiliares, la responsabilidad, los contratos de seguro, y todo un conjunto de normas procesales.

También ha recalcado la importancia del sector para la economía. En este sentido, ha señalado que las grandes navieras facturaron en 2011 más de 2.300 millones de euros y que sólo en movimiento de contenedores en los puertos interés general se superaron los 45 millones de toneladas. Asimismo, ha recalcado que el 85 por ciento de los importaciones y el 50 por ciento de las exportaciones se realiza por los puertos.

Igualmente, ha señalado que sólo la náutica de recreo mantuvo más de 107.000 empleos tanto directos como indirectos y llegó a alcanzar un valor añadido bruto de 5.690 millones de euros. La norma tiene un total de 497 artículos por lo que, según ha señalado, requerirá de una amplia tramitación parlamentaria.

La futura Ley de Navegación Marítima vendrá a completar así lo que ya dispone el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de Marina Mercante y la Ley de protección del medio marino, del 29 de diciembre de 2010.

De este modo, el nuevo texto legal configura un estatuto jurídico del buque y de su régimen registral. Prescinde de las distinciones de buque público o privado, civil o militar, mercante o de recreo y deportivo o científico, y establece que se calificará de "embarcación" al que sea menor de veinticuatro metros; las más pequeñas podrán configurarse como "unidades menores".

El Anteproyecto no sólo define el buque como principal vehículo de la navegación, sino que lo diferencia de otras figuras, como la embarcación o el artefacto naval. Por primera vez, se regula el contrato de construcción naval, incorporando novedades en el contrato de compraventa de buques, al tiempo que unifica la regulación de los privilegios marítimos, con remisión al Convenio de Ginebra de 1993.

Publicidad del armador

El anteproyecto requiere la publicidad del armador, que será quien aparezca inscrito en el Registro de Bienes Muebles (Sección de Buques), de tal forma que el propietario que no explote el buque deberá hacer constar quién es el armador para evitar que las posibles responsabilidades recaigan sobre él.

También se regulan los contratos de utilización del buque: de arrendamiento, de fletamento, de pasaje, en el que se presta especial atención a los derechos de los pasajeros, y de remolque. También se fijan los contratos auxiliares de la navegación, entre los que se introduce el de gestión naval. Esta regulación se basa en el respeto a la libertad de pactos de las partes y, al mismo tiempo, en la determinación clara de su régimen de responsabilidad.

Debe destacarse la nueva regulación del fletamento que, sobre la base de la libertad de pactos, se configura como el genuino contrato de transporte de mercancías (en el que se unifican los fletamentos por viaje y por tiempo, así como en transporte de mercancías en régimen de conocimiento de embarque), pero sin descartar otros fines de las partes, como sería la realización de operaciones de tendido de cables o la investigación oceanográfica.

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Millón de km2

Marinos a proteger

Por otro lado, el Gobierno también ha aprobado un acuerdo que contempla los objetivos ambientales de las estrategias marinas españolas y que afectarán a más de 1 millón de kilómetros cuadrados de mares y océanos, el doble de la superficie terrestre y la segunda mayor superficie marítima a proteger en la UE.

De esta forma, se desarrolla la ley de protección del medio marino, que transpone una directiva europea, con el diseño de cinco demarcaciones con sus diferentes objetivos: noratlántica, sudatlántica, levantino-balear y estrecho-alborán son cinco demarcaciones. A través de ellas, según ha comentado, se procederá a la evaluación del estado del medio marino y la definición de los elementos que constituyen el buen estado medioambiental a proteger, así como al establecimiento de una serie de objetivos ambientales para cada zona.

El acuerdo se ha remitido ya a la Comisión Europea y, tal y como ha comentado la vicepresidenta, "ahora toca poner en marcha programas de seguimiento" y aplicar medidas de conservación biodiversidad, prevención y reducción de vertidos al mar y garantía de usos y actividades compatibles con la biodiversidad.

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