Cataluña rebaja a 36 metros cuadrados la superficie mínima de los pisos

  • El decreto pretende adecuar las viviendas a la nueva realidad socioeconómica e impulsar la rehabilitación de edificios.
  • También se quieren evitar los supuestos de sobreocupación de pisos.
  • Las habitaciones individuales deberán tener un mínimo de 5 metros cuadrados.

El Gobierno catalán ha aprobado hoy un decreto que regula las condiciones de habitabilidad que deben reunir las viviendas y que rebaja de 40 a 36 metros cuadrados la superficie mínima que ha de tener cualquier piso de nueva construcción.

Esta norma, que tiene por objetivo flexibilizar las exigencias de diseño de las viviendas y adecuarlas a la nueva realidad socioeconómica, según la Generalitat, modifica el decreto aprobado en el año 2009, que establecía que los pisos nuevos debían tener una superficie mínima de 40 metros cuadrados.

La anterior normativa regulaba diferentes superficies mínimas según el número de habitaciones, mientras que a partir de ahora se aplicará este criterio partiendo de la base de que la sala de estar o comedor y la cocina han de tener un mínimo de 20 metros cuadrados.

El resto de metros cuadrados del inmueble, hasta llegar a 36, puede repartirse entre el baño, habitaciones, pasillo o recibidor, con independencia del número de dormitorios, cada uno de los cuales deberá medir, al menos, 6 metros cuadrados.

El nuevo decreto, impulsado por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad a través de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, pretende también impulsar la rehabilitación de edificios, estableciendo un marco más flexible que la haga viable desde el punto de vista técnico y económico.

Este criterio de flexibilidad se dejará en manos de cada ayuntamiento en el momento de otorgar la licencia de obras, según el Govern.

El decreto también quiere evitar los supuestos de sobreocupación de pisos, dotando a los entes locales de mecanismos más efectivos para luchar contra este fenómeno. Así, se abandona el criterio del número de personas en función de la superficie total de la vivienda y se determina el umbral máximo de ocupación según el número y las dimensiones de los dormitorios.

Las habitaciones individuales deberán tener un mínimo de 5 metros cuadrados, mientras que para que haya dos personas por habitación la superficie mínima deberá ser de 8 metros cuadrados y para tres personas, de 12 metros cuadrados.

Las viviendas sin habitaciones, únicamente con espacios comunes, solo podrán ser ocupadas por dos personas.

Cédula de habitabilidad

El decreto, por otro lado, introduce cambios en lo que respecta a la obtención de la cédula de habitabilidad, potenciando la tramitación de las solicitudes vía telemática y suprimiendo documentos relativos a las licencias de ocupación o a los certificados de cumplimiento de control de calidad.

El único documento que será necesario presentar con la solicitud de cédula de viviendas de nueva construcción es el certificado de final de obra y habitabilidad.

El decreto, además, amplía la vigencia de la cédula de primera ocupación de 15 a 25 años para los pisos de nueva construcción, en tanto que se mantiene la vigencia de quince años para las cédulas de segundas ocupaciones.

A partir del 12 de noviembre, las Oficinas de Vivienda Locales del Ayuntamiento de Barcelona estarán habilitadas para tramitar cédulas de habitabilidad.

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