El auto que sobresee a Pedro Caldas señala que técnicos del Igape "puenteaban" a cargos intermedios

Fueron abiertos 75 correos intervenidos, de los cuales sólo uno se dirigía al subdirector de Programas de Acceso al Crédito
(DE IZQ A DERECHA) Carlos Corredoira, Pedro Caldas Y Alberto Romero
(DE IZQ A DERECHA) Carlos Corredoira, Pedro Caldas Y Alberto Romero
CORREDOIRA ABOGADOS
(DE IZQ A DERECHA) Carlos Corredoira, Pedro Caldas Y Alberto Romero

El auto emitido por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, Estela San José, por el que se decreta el sobreseimiento provisional del subdirector de Programas de Acceso al Crédito del Igape, Pedro Caldas, señala que técnicos de esta entidad "puenteaban", según una expresión usada por los abogados defensores, a cargos intermedios.

Concretamente, el auto fundamenta el sobreseimiento para Pedro Caldas en base a que, por razones "no conocidas", este responsable del Igape "se dejó al margen en todo a lo referente a las distintas irregularidades que presentaba presuntamente la tramitación del expediente".

Según han explicado los abogados de Caldas a Europa Press, Carlos Corredoira y Alberto Romero, en total se abrieron 75 correos electrónicos en los que un inferior a Pedro Caldas, el técnico Alberto V. —también imputado en la trama—, se dirigía directamente a superiores como Cristina Q. —jefa de área y también imputada— o al propio Joaquín Varela Limia —exdirector del Igape y también imputado en este caso—.

Así, del total de correos electrónicos abiertos, sólo uno estaba dirigido a Pedro Caldas, y se refería a un informe técnico que debía firmar. Es el correo del 27 de diciembre de 2010, tal y como recoge el auto, y también fue enviado a Cristina Q., quien asimismo lo rubricó.

De hecho, la jueza que instruye este caso, cuyo principal imputado es el empresario lucense Jorge Dorribo, llega a cuestionar en su auto la organización y estructura del Igape, por el hecho de que "determinados cargos firmaran resoluciones e informes que en puridad ellos no habían elaborado o contrastado con la documentación".

En todo caso, ello no deriva en responsabilidades de la competencia de la jueza, quien asegura que una firma de Pedro Caldas sobre un documento sobre el que no se percató de que tenía la misma fecha pero distinto contenido "quizás" podría dar lugar "a una responsabilidad administrativa", algo que "no puede ni debe valorar" la jueza instructora de la Campeón, según el propio auto redactado por ella.

Descartada falsedad documental

A lo largo del auto de seis folios emitido por Estela San José, la jueza explica que de la conducta de Pedro Caldas se podrían "predicar, a meros efectos dialécticos", todos los elementos para falsedad documental, delito de tráfico de influencias o delito de fraude de subvenciones en modalidad de cooperador necesario. Los dos últimos motivaron que fuese llamado a declarar, en calidad de imputado.

Sin embargo, el mismo texto judicial revela que "examinadas todas las actuaciones se descartan a priori todos ellos". "La conducta de Pedro Caldas se limita a la estampación de una firma en un documento que ha sido elaborado por otras personas, actuación que sí presenta indicios de actividad delictiva", agrega el auto en relación al primero de los supuestos.

En cuanto al tráfico de influencias, no se puede presumir ni de las intervenciones telefónicas ni de las declaraciones de testigos e imputados que "tuviera el más mínimo conocimiento" de lo que ocurría; al tiempo que tampoco se da ninguna de las circunstancias posibles para atribuirle fraude de subvenciones.

Nunca dejó su cargo

El subdirector de Programas de Acceso al Crédito nunca dejó su cargo como responsable de Programas de Acceso al Crédito, por lo que sigue en su puesto de trabajo desde su imputación.

Con todo, los abogados de Caldas han advertido de que su situación y la que vive, a raíz de ello, el Igape tiene "consecuencias como paralizar" otras ayudas "que sí se presentaron legalmente", tal y como han comentado a Europa Press Carlos Corredoira y Alberto Romero.

El auto concluye que "no se desprende indicio alguno de que Pedro Caldas tuviera conocimiento de lo que estaba sucediendo con la tramitación, sin que el error o exceso de confianza (...) permita que continúe siendo imputado en las presentes diligencias".

El escrito recoge, además, que ello no impide que si "en un futuro apareciesen indicios de que la presente valoración es errónea, pueda reabrirse el procedimiento contra él". "Pero mantenerle en la situación actual, además de contrario a los principios que rigen y han de regir el procedimiento, le acarrea perjuicios que si bien son ajenos a la causa, sí guardan una importante relación", sentencia.

Sin novedades sobre otros imputados

Por su parte, el abogado del exdiputado del PP Pablo Cobián, Ulises Bértolo, ha señalado que "no hay ninguna resolución" sobre su cliente en el marco de la 'Operación Campeón' después de que la semana pasada la Audiencia Provincial de Lugo emitiese un auto en el que rechazaba anular las escuchas telefónicas realizadas como pedía.

Al respecto, el letrado había explicado que, de las escuchas, "no se desprende la comisión de ningún delito" que se pueda imputar a Pablo Cobián. Así, la causa sigue por otros indicios a raíz de las declaraciones del principal imputado en la 'Operación Campeón', cuya veracidad pone en duda la defensa del exdiputado popular.

Mientras, uno de los abogados del exdiputado del BNG Fernando Blanco, Evaristo Nogueira, ha explicado a Europa Press que no les han notificado hasta el momento ningún auto en relación a la petición de sobreseimiento de la causa contra su cliente, que estiman que "va a tardar un poco".

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