Garmón pide prohibir aparcar en la arena de San Lorenzo, hacer hogueras en Corrida o lavar ropa en fuentes

El candidato a la Secretaría de la Argupación Socialista de Gijón, José Antonio Garmón, ha presentado a título particular 80 enmiendas a la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia y la Prevención de Actitudes Antisociales, en las que pida que se cubran supuestos no contemplados. Como ejemplos, ha citado encender una hoguera en la calle Corrida, estacionar el coche en la arena de la playa de San Lorenzo o lavar la ropa o abrevar y bañar animales en la fuente de los Campinos de Begoña.
José Antonio Garmón
José Antonio Garmón
EUROPA PRESS
José Antonio Garmón

El candidato a la Secretaría de la Argupación Socialista de Gijón, José Antonio Garmón, ha presentado a título particular 80 enmiendas a la Ordenanza Municipal para la Protección de la Convivencia y la Prevención de Actitudes Antisociales, en las que pida que se cubran supuestos no contemplados. Como ejemplos, ha citado encender una hoguera en la calle Corrida, estacionar el coche en la arena de la playa de San Lorenzo o lavar la ropa o abrevar y bañar animales en la fuente de los Campinos de Begoña.

Y no solo eso, también ha aludido a otros supuestos como: acceder a la pista del colegio García Lorca fuera de su horario de utilización o apertura; abandonar un coche en una calle de El Llano; cazar un pavo real en el Parque Isabel la Católica; instalar una tienda de campaña en la playa de Poniente; poner un negocio de videncia en el Paseo del Muro; O montar un negocio de 'trile' en una esquina de la Carretera del Obispo.

"Los anteriores son sólo algunos ejemplos de conductas que no prevé la Ordenanza de Convivencia y que deberían ser añadidas", ha recalcado Garmón a través de una nota de prensa. En sus alegaciones, además, también se incluyen otras disposiciones como establecer alguna medida de responsabilidad en los hosteleros por conductas lesivas producidas por sus clientes a los vecinos.

En esta misma línea, quiere incluir la responsabilidad de padres y tutores por conductas llevadas a cabo por los menores de edad que dependan de ellos, incrementar las medidas reorientadoras y educativas, reservándose las medidas sancionadoras para los casos más graves o actitudes reiterativas y otras muchas.

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