Gobierno vasco aprueba las medidas de "protección" para ertzainas por edad o menoscabo funcional

Se contemplan reducciones de jornada o preferencia para determinados servicios
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El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado, en su reunión de este martes, la modificación del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza, para añadir un nuevo apartado en el que se recogen "medidas de protección del personal de la Ertzaintza por razones de edad o menoscabo funcional". Entre los beneficios a los que pueden acogerse los agentes, se encuentran la reducción de la jornada anual y la preferencia para determinados servicios.

Según ha explicado el Departamento vasco de Interior, el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de la Ertzaintza para los años 2011, 2012 y 2013 fue aprobado el pasado mes de enero, a raíz del compromiso suscrito por la Consejería y los representantes de la mayoría sindical de la Ertzaintza.

"Ahora, fruto de un nuevo acuerdo entre ambas partes, se incorpora al documento un nuevo Título, el VIII, que recoge la posibilidad de que los funcionarios de la Ertzaintza puedan solicitar la modulación del desempeño del servicio activo por motivo de la edad o por menoscabo funcional. Dicha modulación implica una serie de beneficios para los agentes en forma de reducción de la jornada anual o de preferencia para determinados servicios", ha indicado.

Para ello, los agentes deberán cumplir una serie de requisitos, que se detallan en los artículos contenidos en el Título. De este modo, quienes deseen acogerse a la modulación por razones de edad, deberán suscribir el compromiso previo de jubilarse de forma voluntaria a los 60 años de edad.

Entre las "ventajas" que se contemplan, figura la de que los agentes que cumplan 56 años y se acojan a la modulación tendrán preferencia para acceder a labores de tipo administrativo y, en caso de continuar en trabajos de calle, no tomarán parte en operativos de especial intensidad, como pueden los de orden público. Tampoco formarán parte de los turnos de trabajo de noche y al llegar a los 59 años dejarán de realizar patrullas.

Asimismo, el cómputo global de horas que deberán trabajar a lo largo del año experimentará para ellos una reducción progresiva: 48 horas anuales menos al cumplir los 56 años de edad, 64 horas menos a los 57 y 96 menos a partir de los 58 años de edad.

"menoscabo funcional"

Podrán acogerse a la modulación del servicio, de forma temporal, los ertzainas que presenten "un menoscabo funcional" que no conlleve su pase a la situación administrativa de segunda actividad, lo que deberá ser certificado por el examen facultativo correspondiente. Salvo en circunstancias excepcionales, el periodo de modulación en estos casos no podrá exceder de los seis meses de duración.

Los beneficios contemplados para estos agentes se centran en su prioridad en el acceso a servicios administrativos y en la no realización de determinados cometidos policiales más gravosos.

El Título VIII, por otra parte, tiene en cuenta la incidencia que para el servicio policial en su conjunto supone la modulación del servicio de los agentes, especialmente de los de más edad, estableciendo "una mecánica de sustituciones" a cargo de agentes más jóvenes para evitar "cualquier vacío que pueda suponer un menoscabo en el servicio a la ciudadanía".

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