Condenados a penas de dos años a padre e hijo por vender un piso sin informar de las cargas que tenía

El comprador desembolsó 156.000 euros y luego descubrió que distintos acreedores habían adquirido derechos sobre el inmueble

El administrador único de 'Eurogestión e Inversión Málaga S.L', Antonio N.A, y su padre, Antonio N.M, apoderado general de dicha mercantil, han sido condenados a penas de dos años de prisión por un delito de estafa cometido en 2004 sobre un cliente a quien vendieron un piso en un pueblo de Granada, sin informarle de que sobre el mismo pesaban distintas cargas y que otras personas habían adquirido derechos sobre el inmueble.

En su sentencia, la Sala vallisoletana, amén de la pena de dos años de privación de libertad para cada uno de los procesados, les obliga a indemnizar a su víctima en la cantidad de 156.000 euros, más lo intereses devengados desde la fecha de los hechos, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La condena, idéntica a la solicitada por el Ministerio Fiscal, no atiende así las alegaciones de padre e hijo, quienes durante el juicio se declararon inocentes del delito de estafa que se les imputaba por haber vendido en 2004 un piso en un pueblo de Granada 'rehipotecado', cuando en el contrato se hacía constar libre de cargas, y achacaron lo ocurrido, en palabras del segundo de ambos, al "catapumba" registrado a raíz del estallido de la burbuja inmobiliaria.

Los hechos se remontan al día 30 de diciembre de 2004, fecha en la que los ahora condenados firmaron un documento privado por el cual vendieron a Feliciano de la F.G. un ático con garaje y trastero en la localidad granadina de La Rábita, cuya titularidad correspondía a 'Eurogestión e Inversión Málaga S.L'.

En virtud del contracto, el comprador desembolsó un total de 156.000 euros en tres pagos, a razón de 52.000 euros por cada uno, realizados los días 30 de diciembre de 2004, 30 de abril de 2005 y 1 de febrero de 2006, si bien se estipulaba en el citado contrato que la vivienda y sus anejos se hallaban y transmitían libres de cargas, gravámenes y arrendamientos.

Sin embargo, el comprador, al acudir al Registro de la Propiedad para el otorgamiento de la escritura pública, descubrió que sobre el inmueble pesaban cargas, tanto anteriores como posteriores a la firma del contrato, puesto que los acusados habían constituido hipotecas a favor del Banco Popular que resultaron impagadas, dando lugar a la ejecución de la garantía y constando asimismo diversas anotaciones de embargos ejecutivos sobre la vivienda, el garaje y el trastero a favor de terceros acreedores.

Ante ello, el comprador, pese a haber pagado la totalidad del precio estipulado, no ha podido obtener la escritura pública ni adquirir el pleno y libre dominio de los bienes adquiridos.

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