El jurado popular declara culpables de homicidio a los acusados de matar al vecino de Linares

El jurado popular encargado de enjuiciar a F.M.G. y M.C.R., acusados de matar a un varón de 31 años de edad en una obra de la calle Bailén de Linares (Jaén) en septiembre de 2009, los ha declarado culpables de homicidio por siete votos a favor tras haber deliberado durante más de dos días y emitido su dictamen aproximadamente a las 22,00 horas de este jueves ante el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén Rafael Morales.

El jurado popular encargado de enjuiciar a F.M.G. y M.C.R., acusados de matar a un varón de 31 años de edad en una obra de la calle Bailén de Linares (Jaén) en septiembre de 2009, los ha declarado culpables de homicidio por siete votos a favor tras haber deliberado durante más de dos días y emitido su dictamen aproximadamente a las 22,00 horas de este jueves ante el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén Rafael Morales.

En esta última sesión, el jurado —formado por siete hombres y dos mujeres—, cuya misión ha sido enjuiciar también a L.M.H., acusado de omitir el deber de perseguir delitos en el marco de la muerte, lo ha declarado culpable por unanimidad "por no ir en busca de los agentes de la autoridad". Además, considera probado que los acusados son "politoxicómanos", pero no apunta este hecho como atenuante, pues mantiene que ello "no les impidió conocer lo que estaban haciendo".

Asimismo, y en cuanto al testigo protegido, que mostró contradicciones entre las versiones expuestas ante el Cuerpo Nacional de Policía en instrucción y el Tribunal del jurado, piensa que "tiene más credibilidad en su declaración en la Policía que en la prestada en la vista oral". Respecto al objeto con que se dio muerte a la víctima, cree que pudo ser con un ladrillo y no con la barra de hierro a la que también se apuntó durante el juicio.

A continuación, el jurado se ha referido a la responsabilidad civil de los acusados señalando que la familia de la víctima "no debe recibir indemnización alguna, puesto que no mostró el suficiente interés por encontrar al fallecido".

Ante todo ello, el Ministerio Fiscal ha rebajado su petición de condena a 12 años y seis meses para los procesados F.M.G. y M.C.R. y ha mantenido la pena de seis meses de cárcel solicitada para L.M.H. Además, ha pedido una indemnización de una totalidad de 30.000 euros a repartir entre los hermanos de la víctima. Por su parte, la acusación particular, que representa a uno de los hermanos, se ha adherido a dicha condena y ha solicitado para éste 30.000 euros.

Por último, los letrados de la defensa, tanto de F.M.G. y M.C.R., como de L.M.H., han pedido la pena mínima para sus clientes, si bien el abogado de los primeros, una vez conocido el dictamen del jurado, ha mostrado su interés por recurrir el fallo una vez sea publicado por la Sección Segunda de la Audiencia provincial.

Los hechos

La Fiscalía calificó los hechos cometidos por F.M.G. y M.C.R. de asesinato. Así, en su escrito de conclusiones finales manifestó que acabaron con la vida del varón de 31 años tras golpearlo con un objeto contundente en la cabeza en el solar de una obra de la calle Bailén de la localidad linarense.

De igual modo, mantuvo que L.M.H. estuvo presente cuando los otros dos procesados participaron de las primeras lesiones, pero que abandonó el lugar sin acudir, no obstante, a contar los hechos a la Policía. La fiscal situó como móvil de la muerte la chatarra, que, previamente, fallecido y acusados habrían robado para más tarde venderla en un local próximo a la obra adonde fue hallado el cadáver.

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