Dos hombres cumplirán más de tres años de cárcel por robar en la casa de citas de la abuela de uno de ellos

La sección primera de la Audiencia de Castellón ha confirmado la decisión del juzgado de lo penal número uno de la capital de La Plana que condenó a dos hombres a penas de tres años y seis de prisión en un caso y a otros tres años y nueve meses de cárcel en el otro por robar a punta de pistola en la casa de citas que regentaba la abuela de uno de ellos.

La sección primera de la Audiencia de Castellón ha confirmado la decisión del juzgado de lo penal número uno de la capital de La Plana que condenó a dos hombres a penas de tres años y seis de prisión en un caso y a otros tres años y nueve meses de cárcel en el otro por robar a punta de pistola en la casa de citas que regentaba la abuela de uno de ellos.

De esta forma, la sala rechaza el recurso de apelación interpuesto por uno de los condenados contra la decisión del juzgado de primera instancia, que ha confirmado en todos sus términos. Para ello, el tribunal ha considerado que hay prueba de cargo "válida y lícita" y que no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia.

La sentencia de primera instancia declaró probado que sobre las 20.00 horas del 17 de diciembre de 2010, I.I.B., y J.A.R., en unión de otros dos hombres no identificados, se dirigieron a una vivienda de Castellón que era utilizada como casa de citas, gestionada por la abuela biológica del primero de ellos.

Según este fallo, una vez allí, uno de los hombres no identificados llamó al video portero y, tras abrirle la puerta, entraron todos ellos. I.I.B., que iba a cara descubierta, golpeó en la cabeza a una de las chicas con la culata de la pistola que llevaba y le reclamó que le diera todo el dinero en la caja de recaudación de su abuela, un total de 800 euros. Los atracadores también reunieron a todas las mujeres y a dos clientes a los que exigieron todo el dinero y cada uno entregó lo que llevaba.

El juzgado de primera instancia consideró que los hechos eran constitutivos de robo con violencia e intimidación y falta de lesiones y maltrato de obra y condenó a las dos personas identificadas, con una diferencia de meses de cárcel entre ellos porque el nieto entró a cara descubierta y otro la llevaba tapada.

Este último recurrió el fallo al considerar que se había producido una vulneración de su derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, la sala ha rechazado el recurso al considerar probado que la participación del recurrente se fundamenta en prueba de cargo válida, lícita y de contenido incriminador suficiente de su coautoría.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento