El Gobierno de Castilla-La Mancha publica el decreto que permite la caza de jabalí con lanza

  • El decreto publicado este martes modifica el actual Reglamento autonómico de Caza.
  • Fue aprobado el pasado viernes para potenciar la caza como "actividad de ocio" y "recurso generador de empleo".
Imagen de archivo de un jabalí.
Imagen de archivo de un jabalí.
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Imagen de archivo de un jabalí.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este martes el decreto que modifica el Reglamento autonómico de Caza para incluir, entre otros asuntos, la caza del jabalí a caballo y con lanza.

La modificación de este reglamento por parte de la Consejería de Agricultura fue aprobado el pasado viernes por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha con el fin de potenciar la caza "no solo como una actividad de ocio, sino también como un recurso generador de empleo compatible con la conservación de la biodiversidad".

En el nuevo decreto se recuerda que la caza con lanceo de jabalí, una reclamación del sector cinegético, es una modalidad "muy selectiva" que se practicaba en tiempos pasados tanto en Castilla-La Mancha como en otras comunidades autónomas y, además, se realiza desde hace treinta años en el Parque Nacional de Doñana.

El artículo dentro del reglamento que regula la nueva modalidad establece que para la práctica de la caza de jabalí a caballo y con lanza será necesario que la misma se contemple en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza del coto donde pretenda llevarse a cabo, el cual deberá tener como aprovechamiento principal o secundario la caza mayor.

Otras modificaciones en el Reglamento de Caza

La modificación del Reglamento autonómico de Caza también incluye nuevas medidas como mejorar las memorias justificativas de los cerramientos cinegéticos, facilitar la expedición de las licencias de caza y facilitar la práctica de la caza de perdiz con reclamo entre cotos colindantes.

Además, mejora la seguridad en la práctica del aguardo o espera cuando se realiza por la noche; establece las medidas precautorias de seguridad que deben adoptar los participantes en las cacerías que se organizan en forma de monterías, ganchos, batidas, ojeos o tiradas colectivas; y facilita el aprovechamiento de todas las especies cinegéticas existentes en un determinado terreno cinegético.

Del mismo modo, se facilita la elección, en cada temporada cinegética, de la modalidad de caza; se establecen las condiciones en las que es susceptible modificar la superficie de los cotos privados de caza, por ampliaciones o segregaciones y clarifica la comercialización de las especies cinegéticas.

El nuevo reglamento dota, además, a la Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza de la máxima autoridad en lo referido a la valoración y homologación de trofeos conseguidos en Castilla-La Mancha; adecúa la composición de los Consejos Provinciales de Caza y del Consejo Regional y establece las obligaciones de los componentes de los servicios de vigilancia privados.

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