El CJC insta a Infraestructuras a indemnizar con 4.498 euros a un ciclista que se cortó la pierna con un guadarraíl

El Consell Jurídic Consultiu ha instado a la Conselleria de Infraestructuras a indemnizar con 4.498 euros a un ciclista que se cortó la pierna con un guardarraíl tras sufrir un accidente en la CV-195 a Montanejos (Castellón).

El Consell Jurídic Consultiu ha instado a la Conselleria de Infraestructuras a indemnizar con 4.498 euros a un ciclista que se cortó la pierna con un guardarraíl tras sufrir un accidente en la CV-195 a Montanejos (Castellón).

El afectado presentó una reclamación de responsabilidad patrominial a la Generalitat en la que pedía una indemnización de 22.795 euros por los daños sufridos ya que, según relataba, en abril de 2009, cuando tenía 33 años, al llegar a una doble curva, perdió el control de su bicicleta y cayó por encima del guardarraíl, donde se le quedó enganchada su pierna izquierda, hasta el punto de que quedaron en este punto de la carretera restos del pantalón y de la propia extremidad.

El ciclista alegaba que no existía ninguna señalización de doble curva o peligrosa en la carretera, algo que niegan los dos informes de funcionamiento incorporados al procedimiento. El CJC concluye que la caída se produjo por la conducta de la víctima, que estaba obligada a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta además sus condiciones físicas y psíquicas, las condiciones meteorológicas y de circulación.

Sin embargo, señala que una cuestión distinta es, una vez producida la caída, que los daños sufridos tuvieron su origen en un riesgo creado por la administración. En este caso, destaca que ha quedado acreditado que la pierna se le quedó enganchada en un saliente de un poste de sujeción de un guardarraíl, que califica de "agresivo" para el impacto de un cuerpo humano sobre él.

"riesgo para usuarios"

Así, indica que a la vista de la bionda, se desprende que ese lugar no era uno en los que se han utilizado los sistemas para protección de motociclistas. En este sentido, subraya que si bien es cierto que no existía obligación normativa de sustituir ese guardarraíl, la propia modificación del diseño exigible a las que se instalan nuevas, "demuestra que los poderes públicos han tomado conciencia de que su presencia entraña un riesgo para ciclistas y motoristas", con lo que se trata de un "riesgo específico" para los usuarios creado por la administración.

De ahí que considera que en la producción de los daños tuvo incidencia causal su propio comportamiento y el funcionamiento de los servicios públicos autonómicos, por lo que se declara la responsabilidad patrimonial de la administración, a la que insta a indemnizar al ciclista con 4.498 euros.

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