Un informe jurídico de Sanidad rechaza la objeción de conciencia en la atención a inmigrantes irregulares

Sáenz de Buruaga recuerda que "nada impide" a los profesionales sanitarios atenderles fuera del sistema público

Un informe del servicio jurídico de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria establece que todo el personal sanitario del Servicio Cántabro de Salud (SCS) está obligado a cumplir el Real Decreto que regula la condición de asegurado y beneficiario de la asistencia sanitaria y que no cabe invocar al derecho de objeción de conciencia para atender a los extranjeros en situación irregular.

El informe ha sido emitido a petición del Servicio Cántabro de Salud, que ha recibido un escrito de un facultativo en el que manifiesta su objeción de conciencia al Real Decreto y muestra su intención de seguir atendiendo en el sistema sanitario público a los pacientes no asegurados con los que ya mantiene una relación clínica.

Se trata del único caso de objeción de conciencia comunicado formalmente a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tras la aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto que regula la condición de asegurado y de beneficiario de la asistencia sanitaria pública, con cargo a fondos públicos y a través del Sistema Nacional de Salud.

En el informe se recuerda que la objeción de conciencia debe reconocerse por ley, como sucede en los casos del servicio militar o el aborto, y también que se trata de una situación pasiva, por la que se deja de hacer algo (como practicar un aborto), mientras que lo que se plantea en estos casos es lo contrario, esto es, hacer algo, aquí, atender a los inmigrantes.

Nueva normativa

El Real Decreto establece que la asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos se garantizará a aquellas personas que ostentan la condición de asegurado.

Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica, y por embarazo, parto y postparto.

En todo caso, los menores de 18 años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

Informe jurídico

El informe del Servicio de Asesoramiento Jurídico subraya que esta configuración legal del acceso a la asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud obliga a la totalidad del personal a su servicio, que, de acuerdo con el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, tiene como primer deber "respetar la Constitución, el Estatuto de Autonomía correspondiente y el resto del ordenamiento jurídico".

No corresponde al personal sanitario, sino al legislador -añade el informe- determinar a quién se le presta la asistencia sanitaria.

La objeción de conciencia en el ámbito sanitario se traduce en la negativa de los profesionales sanitarios a realizar una determinada prestación sanitaria por ser contraria a su conciencia.

El Servicio de Asesoramiento Jurídico apunta que la objeción de conciencia es un presupuesto "para dejar de hacer, no para hacer".

Así, establece que el derecho a la objeción invocado para atender a los inmigrantes irregulares no constituye una actitud omisiva, consustancial a la configuración de la objeción de conciencia, sino, al contrario, en la adopción de un comportamiento activo que en ningún caso puede encontrar cobertura en el derecho a la objeción de conciencia.

En este sentido, recuerda que "la objeción de conciencia no constituye un derecho fundamental de alcance general", sino que se trata de un derecho de configuración legal cuyo ejercicio exige un "reconocimiento expreso" que solo se ha producido en dos casos: la objeción de conciencia al servicio militar, reconocida en la Constitución, y la objeción de conciencia al aborto, reconocida en la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazado.

En este sentido, inciden, se ha pronunciado el Tribunal Constitucional.

Respeto al "conflicto de conciencia"

La consejera de Sanidad y Servicios Sociales, María José Sáenz de Buruaga, ha afirmado que entiende el Código Deontológico de los profesionales sanitarios y respeta el conflicto de conciencia que esta regulación puede acarrearles, pero también ha hecho hincapié en que su competencia como consejera de Sanidad no es "entrar en cuestiones de conciencia", sino garantizar el cumplimiento de la legalidad.

Según Sáenz de Buruaga, "nadie priva y nada impide a los profesionales sanitarios atender a los extranjeros en situación irregular, pero deberán hacerlo fuera del Sistema Sanitario Público, salvo en los casos establecidos".

La consejera ha respaldado el Real Decreto de aseguramiento, que, "por primera vez, universaliza la asistencia sanitaria para todos los ciudadanos españoles y los extranjeros con residencia legal" y que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros con el objetivo de "frenar los abusos que se han producido en los últimos años; converger con Europa en la regulación de los derechos sanitarios para los extranjeros y garantizar la sostenibilidad del sistema sanitario público".

Sáenz de Buruaga ha subrayado que la intención de esta medida es "blindar el sistema nacional de salud del uso fraudulento" y no tanto "excluir de la asistencia sanitaria a los extranjeros en situación irregular", que, ha puntualizado, "no verán interrumpido su tratamiento en caso de enfermedad crónica y tienen garantizado el acceso a los programas preventivos y de salud pública previstos en la Ley de Salud Pública, que no ha sido modificada".

"España sigue siendo hoy, después de esta reforma, uno de los países más solidarios y sociales de Europa en la atención a los inmigrantes irregulares", ha reivindicado.

Su impacto en Cantabria, ha añadido, se estima que será "muy reducido", puesto que la comunidad autónoma no se encuentra en el grupo de grandes receptoras de inmigrantes y porque en los últimos años, como consecuencia de la crisis, muchos han retornado a sus países de origen.

El Servicio Cántabro de Salud ya está trabajando para determinar qué tarjetas sanitarias deberán ser retiradas a partir del 31 de agosto, cuando los extranjeros que no tengan residencia legal en España perderán el derecho a la asistencia sanitaria, de acuerdo con la información que le suministre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a quien corresponde determinar qué ciudadanos tienen la condición de asegurado y beneficiario.

No obstante, las personas que no reúnan la condición de beneficiario o asegurado podrán formalizar convenios especiales de asistencia sanitaria, de acuerdo con una propuesta que el Ministerio de Sanidad ha remitido a las comunidades autónomas y que Cantabria está estudiando.

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