Condenado un hombre por abusar y robar en Sevilla capital a una inglesa a tres años de prisión

Un hombre ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por abusar sexualmente de una inglesa y robarle después a tres años de prisión. El condenado, de nacionalidad marroquí, abusó de la denunciante mediante violencia e intimidación en Sevilla capital, hechos que son constitutivos de un delito de agresión sexual, al que además se suma un delito de robo con intimidación.

Un hombre ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por abusar sexualmente de una inglesa y robarle después a tres años de prisión. El condenado, de nacionalidad marroquí, abusó de la denunciante mediante violencia e intimidación en Sevilla capital, hechos que son constitutivos de un delito de agresión sexual, al que además se suma un delito de robo con intimidación.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos tuvieron lugar el pasado 21 de junio de 2008 cuando, sobre las 00,30 horas, el acusado se encontraba con la agredida, de nacionalidad británica, a la que había conocido momentos antes en un bar de Sevilla.

Pasado cierto tiempo, el acusado la llevó hacia el Puente de la Expiración y, en un lugar solitario, la obligó a desnudarse bajo la amenaza de que tenía una pistola y la mataría si no le obedecía. Tras abusar sexualmente de ella, le robó un monedero y varios efectos personales que poseía la víctima por valor de 680,76 euros.

Ningún testigo presenció los hechos y el condenado negó, en un primer momento, conocer a la agredida. Sin embargo, durante la instrucción posterior alegó que conoció a la víctima 20 días antes del momento de los hechos, que había mantenido relaciones sexuales con ella con anterioridad y que la víctima le había pedido que se fuera con ella a Inglaterra y, ante la negativa de él, esta le dijo que se vengaría.

Durante el juicio oral, celebrado los días 9 y 10 de julio, un hombre, también de nacionalidad marroquí, declaró haber visto a ambos discutir en el bar sobre un viaje y abandonar juntos el local. La Audiencia entiende que el acusado ha ido paulatinamente dando una versión de los hechos que pudiera ajustarse a las "inequívocas pruebas biológicas" encontradas en la víctima.

Por su parte, el testigo que había declarado en el juicio también moduló su testimonio en atención a las versiones del acusado, siendo reseñable que ambos coincidieron en prisión. De su lado, la víctima siempre ha mantenido la misma versión.

El imputado, M.A., tiene antecedentes por un delito de tráfico de drogas, por el que fue condenado por el Juzgado de Instrucción de Ceuta.

De este modo, y teniendo en cuenta las pruebas existentes, el Ministerio Fiscal consideró que los hechos eran constitutivos de un delito de agresión sexual y de un delito de robo con violencia e intimidación, ambos sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Por ello, solicitó la pena de prisión de nueve años por el delito de agresión sexual, y por el delito de robo con violencia e intimidación, la pena de tres años de prisión, además de una indemnización de 705,76 euros por los efectos y el dinero sustraído, y 6.000 euros por el daño moral causado a la víctima.

Finalmente, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a M.A. a un año de prisión por el delito de agresión sexual, y a dos años por el de robo con intimidación con la atenuante de dilación indebida. Le condena, además, al pago de una indemnización de 705,76 euros por los efectos sustraídos y de 6.000 euros por el daño moral causado a la víctima.

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