La Audiencia confirma el archivo de la causa en la que fue imputada la exdelegada provincial Silvia Cañero

Desestima el recurso de apelación de Safja contra la decisión previa del propio juzgado de Instrucción

La Audiencia Provincial de Córdoba, a través de un auto, ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción número cinco de la capital cordobesa de sobreseer las diligencias en las que había sido inicialmente llamada a declarar como imputada la otrora delegada provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social en Córdoba, Silvia Cañero. La Audiencia, así, no detecta ninguna "usurpación de funciones públicas" en la creación de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA).

A través de un auto, emitido el 13 de julio y recogido por Europa Press, la Audiencia Provincial de Córdoba aborda el recurso de apelación promovido por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía contra el auto del Juzgado de Instrucción número cinco de Córdoba que, el 28 de mayo, revocó la decisión de llamar a declarar como imputada a la entonces delegada provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social en Córdoba, Silvia Cañero, a cuenta de la denuncia de este sindicato por la creación de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

La denuncia de safja

La denuncia en cuestión, cabe recordarlo, atisbaba posibles delitos de prevaricación y usurpación de funciones públicas al asumir supuestamente personal "no funcionario" de la mencionada agencia procedente de las extintas fundaciones andaluzas de servicios y atención a la drogodependencia, "funciones atribuidas exclusivamente a funcionarios de la Junta de Andalucía", siempre según la denuncia. Merced a tales acciones judiciales, el Juzgado en cuestión había resuelto llamar a declarar como imputada a Silvia Cañero, pero mediante el citado auto de fecha 28 de mayo esta instancia judicial estimó un recurso de reforma impulsado por la Junta de Andalucía y decidió, finalmente, revocar tal resolución y sobreseer las diligencias.

Ante el recurso de apelación promovido por Safja contra esta decisión del Juzgado de Instrucción número cinco, la Audiencia Provincial ha ratificado la resolución de la mencionada instancia judicial. Al desestimar el recurso de apelación impulsado por Safja, la Audiencia señala que "de los hechos relatados" y "con la documentación aportada, se desprende que no hay motivos suficientes para la continuación del proceso penal y procede su archivo".

Descarta usurpación de funciones públicas

"No cabe afirmar que se están usurpando funciones públicas, al haberse constatado que en la ASSDA ha quedado integrado el personal funcionario transferido de la Administración general, el cual vendrá a desempeñar en la agencia las funciones que antes realizaba en la administración en la tramitación y resolución de expedientes de centros de personas mayores y discapacitados y, en concreto, el proceso de facturación, conformidad y pago", zanja el auto de la Audiencia Provincial.

Tampoco constan, según resuelve la Audiencia, "motivos suficientes para considerar que la tramitación de los expedientes y la facturación realizada haya sido efectuada por personal ajeno a la función pública o de modo que escape al control establecido".

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