Condenada una pareja por construir una casa de madera de 25 m2 sin licencia en Alcalá de Guadaíra

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la condena de seis meses de cárcel a un matrimonio por construir una casa de madera prefabricada de 25 metros cuadrados sin solicitar licencia municipal y en suelo no urbanizable de la localidad de Alcalá de Guadaíra, ordenando además demoler todo lo construido.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la condena de seis meses de cárcel a un matrimonio por construir una casa de madera prefabricada de 25 metros cuadrados sin solicitar licencia municipal y en suelo no urbanizable de la localidad de Alcalá de Guadaíra, ordenando además demoler todo lo construido.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera rechaza el recurso de la pareja contra el fallo del Juzgado de lo Penal número 13 que condenó a ambos a seis meses de prisión y el pago de una multa de 2.160 euros por un delito contra la ordenación del territorio.

La mujer, M.A.L., adquirió en 2003 y 2004 dos partes de una finca ubicada en 'Las Cuarenta Chicas' de Alcalá de Guadaíra, compras ambas que "hizo para su patrimonio privativo y con conocimiento y constancia de la naturaleza rústica y de terreno no urbanizable de los terrenos que adquiría".

"Pese a la naturaleza" de los terrenos, tanto M.A.L. como su esposo, J.R.R., "actuando de mutuo acuerdo" y sin solicitar licencia municipal, establecieron en uno de los terrenos con posterioridad al mes de diciembre de 2005 una casa de madera prefabricada de 25 metros cuadrados, y construyeron al lado de esta una casetilla de obra para aseo y cocina.

La parcela, además, tiene toma de luz de una torreta común y toma de agua de un pozo compartido con otros propietarios, todo ello sobre un terreno que tiene la consideración de no urbanizable común, por lo que lo edificado "no es susceptible de legalización".

Los acusados recurrieron alegando que la prueba pericial "no logra acreditar" que en la finca "exista una parcelación urbanística", así como que la caseta de madera, "que servía para guardar" aperos de labranza y otros útiles agrícolas, "sea de imposible autorización", con todo lo cual, según la Audiencia, "vienen a plantear la posible legalización de lo construido".

La Audiencia dice que los informes emitidos por el arquitecto técnico municipal "no dejan lugar a dudas", y es que las edificaciones realizadas "lo han sido en suelo no urbanizable, sin la obtención de la licencia", mientras que tampoco tiene proyecto de parcelación ni ordenación urbanística aprobada, por lo que "con la normativa vigente no son autorizables".

No se trata "de una mera casetilla" para guardar aperos de labranza

Asimismo, y respecto a la casa de madera, asevera que "se trata sin duda de una edificación, y no de una mera casetilla para albergar aperos de labranza de posible autorización", añadiendo que "se trata de una auténtica edificación, al tratarse de una construcción fija o, lo que es lo mismo, con vocación de permanencia".

"En el presente caso, si bien no podemos obviar que se trata de una construcción o edificación mínima por sus dimensiones, no resulta irrelevante ni insignificante si tenemos en cuenta que se asienta sobre una base de hormigón y se construye al lado una casetilla de obra para aseo y cocina", añade, señalando que "la afirmación de los recurrentes del destino a fines agrícolas no se mantiene".

Así, y en el juicio, los acusados "han manifestado el uso que le han venido dando a la casa de madera, para los fines de semana, reconociendo que en la casetilla de obra había un vate y una cocinilla", por lo que "resulta patente la relevancia e importancia de la obra en cuestión como para integrar los elementos del tipo, dada la entidad de la construcción y que esta tiene vocación de permanencia en el lugar".

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