Respuestas a vuestras preguntas sobre la regularización XXVI (04-04-05)

María Martínez, abogada de ATIME (Asociación de Trabajadores e Inmigrantes Marroquíes en España) responde a vuestras dudas sobre el proceso de regularización. Os ofrecemos un resumen con las dudas más comunes y un listado con todas las respuestas proporcionadas hasta ahora.

P - Hola, me gustaría saber si la carta de invitación para venir a España se puede mandar por fax o si solamente es válida mandándola por correo...gracias y le doy la enhorabuena por su trabajo porque es de admirar...gracias de nuevo - SONIA

R – Tiene que ser por correo y autenticada ante notario. Saludos y muchas gracias a ustedes por darme tanto trabajo, ¡ja, ja,ja!

P - Acabo de llegar en España en el mes de noviembre 2004, soy marroquí puedo conseguir un contrato de trabajo como vendedor en un bazar ya que manejo 4 idiomas. Quería saber lo que se puede hacer para que consiga un permiso de trabajo y residencia y gracias - YASSINE

R – Pues Yassine, debes obtener un certificado del INEM que acredite que no hay gente en paro en esa categoría, si no lo consigues no se puede. Saludos.

P - Hola soy marroquí. Estoy aquí en España desde el mes de junio me empadroné el 24/08/2004. Estoy trabajando desde junio fecha en la que tuve la oferta de trabajo registrad en una oficina de abogado. Presenté mi solicitud el mes de septiembre. Me contestaron; denegado. Que puedo hacer para conseguir un permiso de trabajo y residencia. Ya que mi jefe esta dispuesto a renovarme el contrato y atestar de que llevo trabajando con el desde junio. Gracias - KADER

R – Pues el problema es el empadronamiento sin el no te lo van a admitir, así pues presenta y plantéate hacer un recurso. Saludos.

P - Hola soy ecuatoriana! Quisiera saber que tengo que hacer para traerla a mi madre (57 añ0s) y mi hermano (16 años) haciendo reagrupación familiar. Somos 5 hermanos que vivimos en España todos legales, 3 tienen la ciudadanía española. 4 hermanos tienen su propio departamento. Nosotros mantenemos a nuestra madre e hermano y últimamente pasa enferma por eso queremos traerla, para nosotros acá hacerla atender y darle lo que necesita. Estaría muy agradecida si tu me pudieras ayudar con la información y un abogado que me pueda ayudar con los tramites, ya que estamos muy preocupados. Te agradezco de antemano - MARIASOL

R – Mariasol, no puedes reagrupar a tu hermano, en cuanto a tu madre es joven así pues deberás demostrar que esta sola y no tiene recursos, pero como tiene un hijo pequeño saldrá denegado. Saludos.

P - Hola, quería hacer una consulta esta próxima la tercera renovación y no tengo trabajo o mejor dicho como el 80% no quieren hacer contrato que pasa conmigo que llevo desde el 2000 con papeles ? (tuve renovación en 2001 y luego 2003) es que cambio tantas veces las leyes y contraleyes que ya no se que debería hacer. Gracias por su atención – C.H.

R – Pues si no has cotizado 6 meses por año vas a tener muchos problemas para renovar, así que a ver que pasa. Saludos.


P - Hola, estoy desesperado porque estoy intentado ayudar a una persona de nacionalidad Rumana, cuyos papeles los tiene un antiguo novio suyo que no se los quiere dar. Además ella trabaja como puede con un contrato de trabajo y un carnet falso... puesto que aun es menor de edad y necesita dinero para vivir- Muchas gracias - IKER

R –Iker, pues si es menor entiendo que debería ser tutelada por lo s organismos de protección del menor correspondientes, así que dirigiros a los servicios sociales de zona y que os informen. Saludos.

P - Hola soy peruano tengo tres años en España dos legal y uno ilegal ,deseo traer a mis hijas de 10 y 09 años receptivamente para que pasen un mes ,ya que en el Perú ellas entran de vacaciones en el colegio y yo también entro de vacaciones aquí en España, como puedo hacer o que necesito para obtener el visado de turista para mis hijas – CESAR MARTÍN

R – Pues haz una carta de invitación y a ver si les conceden una visita familiar. Saludos.


P - Hola soy Boliviana tengo tarjeta de residencia temporal por arraigo, la fecha de caducidad es en Agosto del 25. No tengo trabajo ni he estado cotizando a la seguridad social. Me interesa abrir una empresa. Puedo cambiarme al régimen de trabajador autónomo antes de la renovación de mi tarjeta de residencia Muchas gracias - PAOLA

R – No, debes cotizar y renovar y luego solicitar el cambio de actividad. Saludos.

P - Hola buenas tardes, de antemano gracias por resolver nuestras dudas, yo ingrese los papeles el día 16 de febrero como empleada discontinua, a hoy 4 de abril no me han respondido, allí hay mas chicas que los ingresaron después de mi y ya le han respondido, quisiera saber si hay alguna forma de averiguar, lo digo por si los han denegado para recurrir, o volver a meterlos antes de que se acabe la regularización, muchas gracias.

R – Hay que esperar un poco más. Saludos


P - Hola mi nombre es Leandro y vivo en España desde hace más de 3 años, soy argentino bisnieto de españoles. la cuestión es que en la empresa donde trabajo desde hace 2 años y medio presentaron mis papeles para regularizar mi situación. Nos ha llegado una carta denegando mi autorización de residencia porque la empresa tenía una deuda de IVA; la cual pagaran esta semana. Como continúan mis tramites, como se enteran en extranjería que ya esta todo pago. ¿Qué debo hacer? Muchas gracias por su información. De ser necesario que me pongan en otra empresa del mismo dueño tengo que presentar nuevamente mi certificado de penales? - LEANDRO

R – Pues lo tenéis que aportar al expediente. Saludos.

P - Hola, mi caso es el siguiente. Mi novio es colombiano, salió de su país en julio del 2004 para trabajar como camarero en barcos de pasajeros, el barco español, y cuando acabó su contrato de 6 meses le dieron un visado de 5 días q lógicamente finalizaron pero estando en España porque él se quedó aqui. Hemos enviado una oferta de trabajo para que le concedan el visado, se la hice yo misma, pero como empleado interno, pero cuando le envíen la oferta ¿deberá de trabajar en ésto obligatoriamente? '¿cuánto tardan en dar respuesta? Se supone que él está allá, lo sé y ¿debe de ir él a recogerlo, verdad? ¿No hay forma de apuntarse a la seguridad social como autónomo y pagar sus gastos para poder trabajar de alguna forma? Estoy muy perdida aunque he leído mucho no todo es cierto.Mil gracias, yo soy española. COLIN

R – Si, tiene que trabajar un año en servicio domestico, no puede trabajar en ningún otro régimen.


P - ¡Hola soy de Valencia gracias por atender mi pregunta que es la siguiente mi tarjeta de permiso de trajo se caduca ahora el 28 de Abril y me dieron en la delegación de gobierno una serie de números de teléfono para sacar la cita para que me atienda lo cierto es que llamado a todos los números que me dieron y no contestan en ninguno yo quisiera saber si me podrían decir si hay alguna otra manera de sacar cita o como puedo hacer para informarme . En la delegación de gobierno no te dan una respuesta que te pueda ayudar gracias otra vez por su ayuda - DIANA

R – Las renovaciones se pueden presentar por correo certificado o por ventanilla única en otro organismo o ayuntamiento. Saludos.

P - Hola soy cubana realicé el tramite de reagrupación familiar aquí en España a sido favorable lo e enviado a mi país y me dice que tengo que hacer una carta de invitación para poder traer a mi hija, un saludo cordial - LOURDES

R – Lourdes lo que tienes que mandar es la carta que dice que la reagrupación es favorable y no una carta de invitación. Suerte.


P - Hola soy colombiana tengo la tarjeta b pero se me vence el 12 de mayo quería saber que requisitos necesito para la renovación y en que pagina de Internet puedo sacar los impresazos para la renovación. Gracias y felicidades por su trabajo - ÁNGELA

R – Puedes sacar los impresos en mtas.es y tienes que presentar permiso, pasaporte vida laboral y contrato. Suerte.

P - Hola , mi pregunta es la siguiente, yo presentare mis papeles como trabajador discontinuo, o mas bien como asistente, quería saber si por ser hombre tendría algún problema con esto, y también donde me tengo que presentar para entregar los papeles necesarios, si en la seguridad social o en gobierno civil como se hacia antes , yo vivo en Terrassa - AGUSTÍN

R – No hay problema por ser hombre lo puedes presentar, se presenta en seguridad social y puedes consultar las oficinas en mtas.es

P - Hola he leído los mensajes anteriores pero todavía no tengo claro que si yo estuve un año en España y viaje a chile pierdo el derecho a la amnistía, y si es así ¿Qué puede hacer mi empleador en estos momentos para regularizar mi situación? - CRISTIAN

R – En teoría la estancia desde agosto debe ser continuada, de todas formas si tienes empadronamiento anterior a 8 de agosto preséntalo, a ver que pasa.

P - Hola. Quisiera saber las requisitos que se puede presentar mi jefe, y se trata de jardinería o bien tiene q dar de alta como una empresa solo me pone un contrato. Muchas gracias - HASSAN

R – Hassan tiene que presentar con la empresa y debe presentare el DNI, CIF, Escritura de constitución de la empresa e inscripción de la empresa en la seguridad social. Saludos.


P - ¡Hola! Gracias por tu atención soy de nacionalidad argentina y me van a hacer un contrato como empleada de hogar para más de dos casas. Mi problema es que una de mis empleadoras esta en paro ella igualmente me puede firmar? O mejor que me lo haga su marido que el si esta trabajando? ¿o presento el de los dos? Y es verdad que puedo compulsar los d.n.i de mis empleadores en el ayuntamiento como me han dicho en la ugt? Gracias por su respuesta desde ya! - MARIANA

R – Es mejor que lo haga su marido, y si se puede compulsar en el ayuntamiento. Saludos.

P - Soy ecuatoriana, el otro día he planteado mal la pregunta. Mi empleadora quiere que trabaje para ella 40 horas semanales hasta el mes de Agosto. Desde Agosto, ya solo serían 20 horas semanales. 1) ¿Cómo debemos hacer el contrato de 6 meses: 40 horas semanales hasta Agosto y desde Agosto 20 horas semanales o debe ser de otra duración? 2) ¿Quién debe pagar la seguridad social: mi empleadora hasta Agosoto y luego yo? 3) ¿Qué pasa si no recibo mi certificado de penales antes del mes de Mayo? Muchas gracias. TOMASA

R – Tomasa, sí que se puede reducir el contrato, pero la seguridad social no se reduce. Además yo entiendo que la empleadora debe seguir pagando la seguridad social. Respecto a los penales no te preocupes, porque te los van a coger. Saludos

P - Hola, llevo en España ininterrumpidamente desde marzo del año 2001. Reuno todos todos los requisitos que exige la ley de regularización, pero es el caso que me han llamado de varios lugares para ofrecerme trabajo pero como vivo en Mallorca y aquí el trabajo es temporal, en la hostelería, y como los papeles se demoran, los empresarios no pueden esperar, porque la temporada empieza en mayo y termina en octubre. Por otra parte no nos dejan trabajar aunque estén los papeles en marcha,así que le pregunto, si obtengo la vía del servicio doméstico y antes de que me llegue la autorización tengo otra oferta en régimen general, ¿podría cambiarme a esa modalidad? Me parece que esta ley no se adecúa al caso de esta isla, porque es imposible que en un mes obtengamos la autorización. Y, entonces, ¿qué hacemos? NATHALIA

R –Nathalia, pues no te puedes cambiar de servicio doméstico al general, así que plantéate si te vale le pena esperar uno o dos meses y empezar a trabajar en verano.Saludos

P - Estoy empadronada desde septiembre ¿qué puedo hacer? Tengo todo, contrato, todo, ¿qué puedo hacer? ZORINA

R – Zorina, el empadronamiento es esencial así que no entras en el proceso de regularización. Por supuesto se puede recurrir, pero no debes hacerte ilusiones.

P - Por favor, dígame qué se puede hacer para regularizar los papeles de un búlgaro que está en España desde 3 años y no puede acogerse al proceso_05 por no haberse empadronado, pero tiene documentaciòn q vive en España esos años.MARY

R – Pues podría acogerse al arraigo social, pero no te puedo concretar más porque el Gobierno está elaborando los requisitos. De todas formas, el Ministro de Trabajo acaba de anunciar que está estudiando la posibilidad de que se pueda presentar un documento alternativo al padrón, que certifique la residencia. Se sabrá la semana que viene si lo aceptan. Saludos

P - He seguido mis papeles por Internet y con la fecha de 16 de marzo sale como resuelto el expediente. Lo que pasa es que todavía no he recibido la resolución en el buzón. ¿Debo preocuparme? ¿O puedo llamar a alguna oficina? Muchas gracias de antemano! LORENA

R – Lorena, debes armarte de paciencia y esperar. SALUDOS

P - Hola, desearía resolver un duda. Soy de nacionalidad ecuatoriana, tengo una hija con una española y he presentado los papeles hace 9 meses. No he recibido ninguna información y quería saber qué puedo hacer para recurrirlos o que me den alguna información sobre ellos. Gracias. FRANKLIN.

R – Franklin, debes esperar un poco. No recurras, seguro que será favorable.Saludos.

P - Hola, soy venezolana, llevo 8 meses trabajando y me van hacer los papeles, mi pregunta: ¿puedo solicitar una cuenta nómina aún sin papeles? ¿qué requisitos pide el banco? ¿tengo que estar asegurada primero? ¿Y si mi contrato es por 4 horas? Muchas gracias, saludos AURORA

R – Aurora, hay cuentas para no residentes, pero cuenta nómina evidentemente no, ya que no puedes trabajar, así que espera a que te contesten.Saludos

P - Llevo tres años viviendo en España, mi esposo tiene permiso de residencia y trabajo, sólo falto yo, que llevo 16 meses trabajando en un restaurante 3 horas diarias, los 7 días de la semana. ¿Puedo ser regularizada por mi patrono, con un contrato de un año y las 21 horas semanales que laboro? KARINA

R – Sí, Karina, puedes durante un año y 20 horas. ¡Suerte!

P - Tengo una empleada doméstica y estoy tratando de ayudarla a regularizar su situación. Para eso me han dado el impreso TA-7. Por lo visto para darma de alta como empresario y conseguir un Codigo de Cuenta de Cotización (C.C.C.). En otras consultas me dicen que sólo necesito presentar el Modelo TAS-1211, pero en este impreso debo poner el C.C.C. Por otro lado en una página del Colegio de Abogados de Madrid http://www.icam.es/docs/ficheros/ 200502020007_6_17 .pdf dice que no es necesio solicitar previamente este código, sino que puede hacerse después cuando se de de alta al trabajador. No entiendo nada ¿qué documentos hay que presentar y cuándo? Y si finalmente no le dan el permiso, ¿qué ocurre, me habrán dado de alta como empresario o sólo si el trabajador consigue su regularización? ¿Desde qué momento tengo que comenzar a pagar la SS como empresario "cabeza de familia"? JOSÉ MANUEL

R – José Manuel, el código es un número como cabeza de familia independiente de tu número actual de seguridad social, no tienes que hacerlo ahora, sino cuando des de alta a la trabajadora y es desde ese momento cuando debes pagar la seguridad social. SALUDOS

P - Recibí carta de su majestad el rey dando respuesta a la solicitud de que sea sustituido el padrón por otro documento, se dice que está en estudio por el Ministerio del Interior, que esperara resolución, pero el tiempo pasa. Soy la presidente de la Asociacion Claumar, ¿qué podemos hacer?¿se sabe algo al respecto? MARIZA

R – Mariza, el ministro de Trabajo anunció este jueves que, efectivamente, están estudiando la aceptación de solicitudes con documentos distintos al empadronamiento, que demuestren la residencia en el país. La semana que viene emitirán su decisión. Puedes leer más información aquí. Saludos.

P - Soy un chico argelino de 24 años que estoy en España desde hace un año y medio. Tengo expulsión pero estoy tranmitando por vía legal mediante un contencioso para que esta expulsión sea anulada, en espera de juicio. Tengo novia desde hace 9 meses y nos queremos casar, ella es española pero no sabemos si yo con expulsión puedo hacerlo y los pasos que tengo que seguir. Ella es de Melilla pero estamos viviendo en Almería, yo estoy empadronado desde hace un mes y no cumplo los requisitos para acogerme a la ley de regularización de inmigrantes. Por favor, me gustaría que me acesoraran los trámites que tenemos que seguir. Gracias.ISMAIL

R – Sí que te puedes casar aunque tengas expulsión, así que ánimo.

P -Hola, mi pregunta es que a mi ya me aprobaron los papeles y estoy esperando la carta de notificación para que me den el alta en la seguridad social. Estoy embarazada y quiero saber si me pertenece la baja maternal,o tengo que cotizar primero algunos meses. Bueno, nada más .Gracias. MARIELA

R – Mariela, te aconsejo que mires en http://www.seg_social.es, dado que no es mi especialidad, aunque creo que sí hay un periodo de carencia, no sé de cuánto tiempo y por lo visto había una propuesta para quitarlo, pero no sé en qué habrá quedado.Saludos.

 P -Primero que todo mil gracias por dar respuesta a mi duda. Mi hijo, si Dios quire, se regularizará ahora en este mes. ¿A qué tiempo nos puede regularizar a nosotros como padres, y a su hermano de 13 años, y qué edad exigen a los padres para poderlos regularizar? Millones de gracias, y suerte a todos los que dejarán de ser ILEGALES. SONIA PINEDO TRUJILLO

R – Sonia, pues a los hermanos no se les puede legalizar, y a ustedes sólo si llevan tres años en España y oferta de empleo. Si lo que quieren es reagrupar, tiene que tener la renovación de la residencia solicitada. Saludos

P - Saludos, soy de nacionalidad ecuatoriana, tengo un padrino que es español que me solicitó que viviese con él, ¿estaría mi caso en reagrupación familiar, o quedaría de manera irregular? ¿tendría que volver a mi país? Poseo toda la documentación aquí en España, hasta la carta de bautismo desde 1994. LUIS

R – No puede regularizarte un padrino, sólo tus padres.Saludos

P - Metí los papeles el 8 de febrero y se resolvió el 9 de marzo, pero hoy ya es 4 de abril y sigue sin llegarme la carta de resolución. Soy de Barcelona, ¿dónde debo acudir para que me digan algo de la carta? JAVIER

R – Javier, debes esperar porque puede tardar hasta un mes y medio en notificar. Además no te lo pueden notificar a ti, sino a tu jefe, así pues aunque vayas a la subdelagación no te van a dar la carta. Saludos

P - Hola, quisiera que me ayudaran en la siguiente duda, quisiera saber qué documentación necesita una persona que es ingeniero industrial y va a viajar de Venezuela a España, qué documentos son necesarios para ejecutar dicho viaje sin problema alguno por un periodo de tres meses de vacaciones o trabajando, y qué tendría que hacer para quedarse definitivamente en España como ingeniero o desempeñando cualquier otra profesión. Gracias. JOSÉ CARLOS

R – En principio para venir de turista no habría problema, ahora bien, para quedarse trabajando es otra cosa, necesitas que un jefe te prepare los papeles y que no haya nadie apuntado en el paro en esa categoría profesional, lo cual no es nada fácil, así que ánimo.

P -Hola, mi nombre es José. Mi pregunta es: ¿es verdad que el pasaporte español se puede sacar por descendencia? Aún así no siendo español, mi caso es el siguiente: mis bisabuelos llegaron de España a mediados de los años 1920 y nació mi a buelo aquí en Venezuela. Mi abuelo tuvo a mi papá y mi papá, a mí, es decir, que le sale a mi abuelo, a mi papá y a mi porque me dijeron que era hasta la 3 generaciones. Respóndame a esa duda, por favor . JOSE

R – Pues mire usted, puede optar por la nacionalidad española en determinados casos, pero sólo si su padre es ya español. Si no es así, aunque su abuelo lo fuera, usted no puede obtener la nacionalidad.

P - Mi esposa viajó a España legal hace 1 año y 4 meses ¿Ud. cree que se pueda hacer la reagrupación familiar ya, o cuánto tiempo tengo que esperar o qué se nesesita para acceder al visado, para poder yo también viajar? Si me pudieran ayudar, les estaré agradecido.MART SANCH

R – Pues depende de la residencia que tenga, si tiene la de dos años, sí; si no, no. Saludo

 P - Hola, quisiera saber la última fecha para la regularización. Gracias. LAMYA

R – El 7 de mayo de 2005, un saludo

P - Hola, qué tal, soy biliviano, tengo 21 años. Acabo de llegar y quisiera sacar mis documentos legales, pero no sé cómo. Quisiera que me guíe si pudiera obtener, por lo menos, la visa de estudiante. JOSÉ SANDER

R – Para la visa de estudiante tiene usted que venir como estudiante, con visado desde su país, desde aquí no se puede, así pues no le doy muchas esperanzas de estar legal, al menos por el momento.

P -Hola, soy española y mi novio argentino. Él se va a venir para acá y nos queremos casar, no por los papeles sino porque nos queremos y tengo varias dudas. Fui al registro civil para preguntar lo necesario para casarme y me dijeron, aparte de otras cosas, que él tenía que traer el certificado de empadronamiento de los dos últimos años, pues me preguntaron si estaba empadronado aquí y les dije que no, y entonces me dijeron que tenía que traer el de ahí. Mi duda es si es mejor que él cuando llegue se empadrone aquí y dar el certificado de aquí o si no mejor dar su certificado de empadronamiento de allí, pues unos me dicen que demos el de allí y otros que él se lo haga aquíi cuando llegue. Me han dicho que aunque esté ilegal puede empadronarse igualmente, ¿es verdad eso o puede tener algún problema con eso? ¿Pasa algo si se empadrona aquí cuando ya se le haya pasado el boleto de vuelta a su país? SONIA

R –Sonia, en puridad no te piden el certificado de empadronamiento de aquí o de allí, sino que lo que quieren es saber dónde has vivido los dos últimos años, así pues él lo debe traer de allí.Un saludo

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