La Generalitat prevé ahorrar unos 40 millones con dos impuestos medioambientales y tasas en justicia

La Generalitat valenciana prevé ahorrar alrededor de 40 millones de euros con la implantación de dos nuevos impuestos medioambientales --uno que grava las actividades que inciden en el medio ambiente y otro referido a la eliminación de residuos en vertederos-- y con la aplicación de tasas judiciales.
Vela Y Císcar En Rueda De Prensa
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EUROPA PRESS
Vela Y Císcar En Rueda De Prensa

La Generalitat valenciana prevé ahorrar alrededor de 40 millones de euros con la implantación de dos nuevos impuestos medioambientales —uno que grava las actividades que inciden en el medio ambiente y otro referido a la eliminación de residuos en vertederos— y con la aplicación de tasas judiciales.

Así lo ha explicado el conseller de Hacienda y Administración Pública, José Manuel Vela, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, en la que ha comparecido junto al vicepresidente de la Generalitat titular de Presidencia.

El pleno del Consell ha acordado este viernes remitir al Consejo Jurídico Consultivo y al Comité Económico y Social de la Comunitat el anteproyecto de Ley de Impuestos Medioambientales de la Comunitat, que incluye la creación de dos nuevos impuestos de carácter medioambiental, la introducción de tasas judiciales, además de una serie de medidas en materia de ingresos, en el marco del Plan Económico Financiero de Reequilibrio de la Comunitat Valenciana 2012-2014.

Los nuevos impuestos medioambientales que se introducen son el que grava las actividades que inciden en el medio ambiente y el referido a la eliminación de residuos en vertederos, de manera que "aquellos que repercutan o creen más riesgos para el medio ambiente en la Comunitat compensen por esos efectos".

"el que contamina, PAGA"

Así, se busca que "el que contamina, pague", ha destacado el conseller de Hacienda, quien ha explicado que los nuevos impuestos medioambientales generarán unos ingresos anuales cercanos a los 30,94 millones de euros, "cuantía que se destinará íntegramente a la financiación de las políticas de medio ambiente". El conseller también ha señalado que estos impuestos ya existen en otras comunidades, como Castilla y León o Murcia.

En concreto, el impuesto sobre actividades que repercuten en el medio ambiente gravará la incidencia, alteración o riesgo de deterioro sobre el medio ambiente, derivado de la realización de determinadas actividades económicas y cuyas instalaciones se encuentren radicadas en el territorio de la Comunitat.

Por ello, el impuesto grava de forma progresiva la emisión de determinados gases cuanto mayor es el volumen emitido; o se aplica un tipo diferente, si se trata de residuos radioactivos, de baja, media o alta intensidad; o se grava más a las nucleares que a las centrales eléctricas de ciclo combinado de gas o a las centrales hidroeléctricas.

Por su parte, el impuesto sobre la eliminación de residuos en vertederos nace con el objetivo de fomentar el reciclado y dotar de un valor energético a los residuos, además de tratar de disminuir los impactos sobre el medio ambiente derivados de su eliminación en los vertederos de la Comunitat.

El rendimiento del impuesto se orientará a financiar programas de gasto de la Generalitat en el ámbito de la planificación, el control, la gestión y la eliminación de los residuos. El impuesto grava el depósito de residuos en vertederos públicos o privados de la Comunitat para su eliminación. Las tarifas aplicables distinguen los residuos según su peligrosidad o no peligrosidad.

Por otro lado, se introduce una nueva tasa por servicios personales y materiales en el ámbito de la administración de Justicia en la Comunitat. La implantación de tasas judiciales supondrá la obtención de unos recursos adicionales anuales que oscilarán entre los 8 y los 10 millones de euros, según ha aseverado José Manuel Vela.

El conseller ha explicado que la principal finalidad de las tasas es la obtención de recursos económicos adicionales "que permitan mejorar y modernizar las infraestructuras judiciales", mientras que la finalidad secundaria es que las tasas actúen como "elemento disuasorio frente a aquellos que recurren a la justicia de forma innecesaria o hacen uso de los recursos judiciales con fines únicamente dilatorios".

La tasa habrá que pagarla a la hora de presentar demandas en determinados procedimientos civiles y contencioso-administrativos y cuando en ellos se interpongan recursos de apelación o casación. No obstante, quedarán excluidas de la imposición de tasas la jurisdicción penal y la social, algunas materias de la jurisdicción civil y algunas contencioso-administrativas.

100 ?

Como máximo de tasa judicial

El importe previsto de las tasas judiciales de la Comunitat supone cantidades muy moderadas, menores que las estatales y entre un 16% y un 21% inferiores a las aprobadas en Cataluña. En ningún caso su cuantía alcanza los 100 euros.

Quedarán exentos de pagar las tasas el Ministerio Fiscal, quienes tengan derecho a la asistencia jurídica gratuita y las entidades exentas del impuesto de sociedades. También quedarán exentos quienes tengan que interponer demanda para poder ejecutar judicialmente un acuerdo de mediación.

Asimismo, habrá colectivos que tendrán bonificaciones, como es el caso de los autónomos —50 por ciento por la presentación de demandas y posteriores recursos, cuando estas guarden una relación con su actividad profesional o empresarial—; las familias numerosas de categoría general y las monoparentales —50 por ciento— y las familias numerosas de categoría especial —75 por ciento—.

Cerca de 45

Millones por transmisiones patrimoniales

A su vez, se establece, con carácter coyuntural, un nuevo tipo general de la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que pasa del 7 al 8 por ciento. Esta medida supondrá unos ingresos suplementarios anuales de 44,75 millones de euros.

Esta medida se aplicará a las transmisiones de inmuebles, así como a la constitución o cesión de derechos reales sobre los mismos. No obstante, se mantienen los tipos reducidos para la adquisición de vivienda habitual de una familia numerosa o de una persona discapacitada, así como para la compra de vivienda de protección oficial de régimen especial y la constitución o cesión de derechos reales sobre las citadas viviendas.

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