Condenado el SNS a una indemnización de 250.000 euros por la muerte de un feto cuya gestación había acabado

La sentencia considera que el fallecimiento se debió a "una deficiente praxis en el seguimiento médico practicado"

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona ha condenado al Servicio Navarro de Salud a indemnizar a una mujer con 250.000 euros por el fallecimiento de un feto cuya gestación había concluido, más allá de la semana 40 de gestación, al entender que la muerte se debió a "una deficiente praxis en el seguimiento médico practicado".

Así, el juez ha estimado, en parte, el recurso contencioso-administrativo que interpuso una mujer que perdió a su hijo. La cuantía reclamada era de 400.000 euros.

La recurrente alegó que "el paciente falleció, no por circunstancias naturales de enfermedad, malformación o similares, sino por la falta de asistencia y prudencia profesional".

Según la recurrente, el 18 de julio de 2008, cuando se encontraba dentro de las fechas para dar a luz y con gestación controlada en el Hospital Virgen del Camino, dejó de sentir a su hijo, por lo que acudió al Centro de Atención a la Mujer, donde fue atendida por una matrona que la envió al Servicio de Urgencias para que se realizase una ecografía que no se llegó a practicar. Así, la recurrente asegura que se le indicó que volviera el día 21 para ser ingresada.

Tal día, ya ingresada en el Servicio de Urgencias de la Clínica Virgen del Camino, según el relato de la mujer, fue sometida a un proceso de inducción al parto y después fue trasladada a una habitación de planta, sin recibir ningún tratamiento, ni control más, hasta que a las 01.45 horas del día siguiente empezó el mecanismo de parto, por lo que fue conducida al paritorio, para descubrir allí que el niño había muerto.

La sentencia concluye que, con los informes periciales practicados en las actuaciones, "queda acreditado que el lamentable fallecimiento intraútero del hijo de la recurrente trae causa de una deficiente praxis en seguimiento médico practicado" y también da por probado que "la asistencia sanitaria prestada" a la mujer fue "defectuosa o incorrecta". Asimismo, el fallo alude al "incorrecto funcionamiento del servicio sanitario".

En concreto, el juez afirma que, según uno de los informes médicos, la gestación se había prolongado más allá de las 40 semanas, algo que, según el fallo, "implica un riesgo para el feto" y precisa de "controles especiales". Por otro lado, también señala que "no consta la realización de anmioscopia".

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