Audiencia de Valladolid eleva a casi dos años la condena al exjuez Carretero por el incidente con sus hijos

Aplica al condenado la eximente de trastorno mental, retira la agravante de parentesco y le impone cinco años de alejamiento de sus vástagos
El condenado, a la izquierda, junto a su letrado durante la vista de apelación.
El condenado, a la izquierda, junto a su letrado durante la vista de apelación.
EUROPA PRESS
El condenado, a la izquierda, junto a su letrado durante la vista de apelación.

La Audiencia de Valladolid ha elevado de un año y tres meses a un año y diez meses de prisión la pena impuesta al exjuez decano de Valladolid entre 2001 y 2002, José Alberto Rodríguez Carretero, como consecuencia de la discusión que sostuvo en febrero de 2010 con dos de sus hijos en un céntrico hotel de la ciudad.

En su sentencia, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial ha condenado al exjuez a una pena de cuatro meses de prisión por un delito de amenazas sobre su hijo José Alberto R.Ll—la pena en primera instancia se elevó a un año y tres meses—y otra de un año y medio por delito de lesiones sobre su otro hijo, Ramón, decisión esta última que contrasta con la multa de 540 euros que le impuso el Juzgado de lo Penal 3 por una falta de lesiones, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En ambos delitos, la Sala aplica al condenado la eximente incompleta de trastorno mental, algo que no se contemplaba en la sentencia dictada en primera instancia, y suprime la agravante de parentesco—entiende que las relaciones familiares estaban muy deterioradas—, al tiempo que deja sin efecto las medidas cautelares que le impedían acercarse a Madrid y Valladolid y las sustituye por la probición de acercarse a cada uno de sus hijos por especio de cinco años a no menos de quinientos metros.

En la vista del recurso de apelación, la defensa del condenado, amén de pedir un fallo absolutorio, había solicitado, subsidiariamente, una pena mínima pues considera no aplicable la agravante de parentesco y sí las atenuantes de dilaciones indebidas, trastorno mental y arrebato u obcecación, mientras que el fiscal, que se conformó con la condena impuesta en primera instancia por el delito de amenazas sobre José Alberto R.Ll, consideraba en cambio que la falta de lesiones cometida sobre su otro hijo, Ramón, constituía un delito merecedor de una pena de tres años y medio de prisión.

Tentativa de homicidio

Por su parte, la acusación particular, que imputaba al exjuez un delito de tentativa de homicidio, había reiterado su petición de nulidad del juicio y repetición del mismo por entender que éste tendría que haberse celebrado en la Audiencia Provincial.

Con carácter subsidiario, el acusador particular discrepaba de la condena por delito de amenazas cometido sobre su patrocinado, José Alberto, al considerar que se trataba de un delito de tentativa de lesiones, por el que pedía un año y tres meses, e imputaba al exjuez otro delito más de amenazas por el que pedía otro año y tres meses más de privación de libertad.

Los hechos enjuiciados tuvieron por escenario la cafetería del Hotel Felipe IV, sito en la calle Gamazo, donde la noche del 11 de febrero de 2010 José Alberto Rodríguez Carretero participaba en la junta de una sociedad familiar, una convocatoria en la que participaron igualmente sus hijos José Alberto y Ramón junto con un notario para levar acta de lo allí acordado.

La reunión estuvo caracterizada por la tensión, hasta que el procesado anunció su propósito de abandonarla y llegó a ponerse el abrigo, si bien acto seguido optó por tomar asiento de nuevo y situó sobre sus rodillas el maletín que portaba.

Fue entonces cuando, a preguntas de uno de sus hijos de si estaba grabando el encuentro, el imputado sacó uno de los dos cuchillos que llevaba encima—sostiene que los había llevado a una ferretería para afilarlos—y lo dirigió contra su hijo José Alberto, mientras que su otro hijo, Ramón, y un médico que trataron de mediar resultaron levemente heridos, el primero en una mano y el segundo en un dedo.

El condenado, que se encontraba desde hacía tiempo bajo gran presión al estar inmerso en un proceso de separación y su relación con sus hijos se encuentra muy deteriorada, fue ingresado en el Módulo Penitenciario del Clínico tras dictar entonces contra él la juez instructora auto de prisión provisional comunicada y sin fianza por delito de homicidio frustrado.

Con posterioridad estuvo en situación de prisión preventiva en la cárcel de Logroño, donde permaneció hasta mediados de abril del pasado año, cuando la Audiencia de Valladolid acordó su puesta en libertad pero bajo la prohibición de residir y acudir a la capital y la provincia.

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