Este domingo entra en vigor la Ley de Autoridad del Profesorado

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publicó el pasado 21 de mayo la Ley de Autoridad del Profesorado, aprobada en el Pleno de las Cortes el 10 de mayo, y cuya entrada en vigor se debía tener lugar 20 días después de su publicación, es decir, este domingo 10 de junio.
Aula, Clase, Alumnos, Guardería, Escuela, Colegio, Niños
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EUROPA PRESS
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publicó el pasado 21 de mayo la Ley de Autoridad del Profesorado, aprobada en el Pleno de las Cortes el 10 de mayo, y cuya entrada en vigor se debía tener lugar 20 días después de su publicación, es decir, este domingo 10 de junio.

Esta norma de reconocimiento del profesorado, publicada en el DOCM y recogida por Europa Press, fue una de las promesas electorales que la presidenta regional, María Dolores de Cospedal, realizó durante la pasada campaña electoral.

Esta nueva ley recoge, entre otras cuestiones, que los alumnos de Castilla-La Mancha o las personas relacionadas con ellos que causen alguna agresión física o moral a un profesor deberán reparar el daño moral causado mediante la "petición de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad de los actos".

El texto añade también que la concreción de las medidas educativas correctoras se efectuará por resolución del director del centro educativo público y por la titularidad del centro en el caso de centros privados concertados, teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la edad del alumno, la naturaleza de los hechos y con una especial consideración a las agresiones que se produzcan en los centros de educación especial, debido a las características del alumnado de estos centros.

La Ley de Autoridad del Profesorado fija asimismo que los alumnos o personas con él relacionadas que individual o colectivamente causen, de forma intencionada o por negligencia, daños a las instalaciones, equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier material del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o restablecimiento, cuando no medie culpa 'in vigilando' de los profesores.

Asimismo, los alumnos, en su caso, deberán restituir los bienes sustraídos, o reparar económicamente el valor de éstos. En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de edad serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación vigente.

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