Condenados a cárcel tres responsables de una obra sin licencia por las lesiones de dos trabajadores

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un año, dos meses y veinte días de cárcel a tres responsables de una obra en la que resultaron heridos dos trabajadores que cayeron al vacío desde una altura de ocho metros mientras trabajaban en la cubierta de un edificio de Sevilla, dándose la circunstancia de que las obras se iniciaron sin licencia y sin que se hubiese nombrado un coordinador de seguridad.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un año, dos meses y veinte días de cárcel a tres responsables de una obra en la que resultaron heridos dos trabajadores que cayeron al vacío desde una altura de ocho metros mientras trabajaban en la cubierta de un edificio de Sevilla, dándose la circunstancia de que las obras se iniciaron sin licencia y sin que se hubiese nombrado un coordinador de seguridad.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial considera probado que dos de los acusados eran los socios y administradores de la empresa contratada para realizar el trabajo, consistente en la eliminación completa de la cubierta de la azotea y del forjado, mientras que el tercer imputado fue nombrado por éstos encargado de la obra.

Así, sobre las 11,30 horas del día 11 de noviembre de 2003 los dos trabajadores lesionados, ambos con la cualificación de peón de albañil, picaban la cubierta con un martillo eléctrico y realizaban los trabajos necesarios de limpieza, cuando en un momento dado se produjo el desplome de la cubierta, cayendo ambos sobre unas plataformas metálicas que, debido al impacto, cedieron, siguiendo los operarios en su caída hasta la planta baja del inmueble.

Según señala la Audiencia Provincial, las obras se iniciaron sin haber obtenido la preceptiva licencia, sin que se hubiese nombrado un coordinador de seguridad y sin que previamente la dirección facultativa hubiese aprobado el plan de seguridad y salud, dirección a la que además no se comunicó el inicio de las obras.

Incapacidad permanente absoluta

Asimismo, no se adoptaron en la cubierta las medidas de seguridad necesarias para su estabilidad, al no disponer de los apuntalamientos oportunos, mientras que los trabajadores no disponían de arnés anticaídas. De este modo, uno de los operarios sufrió una fractura vertebral y policontusiones, mientras que el otro trabajador herido sufrió también la fractura de la primera vértebra lumbar y en el hombro izquierdo, además de contusiones y erosiones varias.

Por todo ello, condena a los tres acusados a 80 días de prisión por dos delitos de lesiones imprudentes y a un año de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores, así como al pago de una indemnización de 26.006,023 euros a favor de uno de los trabajadores y de 213.671,56 euros a favor del segundo de los operarios, al que le fue declarada la incapacidad permanente absoluta.

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