Nuevo juicio este jueves por el conflicto de los prejubilados de Mercasevilla con el antiguo INEM

Los juzgados de lo Social de Sevilla tienen previsto celebrar este jueves una vista oral a cuenta de una de las varias demandas formuladas por los prejubilados del expediente de regulación de empleo (ERE) promovido en 2007 por la sociedad mixta Mercasevilla, contra la negativa inicial del antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM) a concederles el subsidio de desempleo. El Juzgado de lo Social número cuatro, hasta el momento, ha desestimado la primera de estas demandas sometidas a juicio, después de haber estimado antes la demanda promovida por el propio INEM, para reclamar a 16 de estos extrabajadores el reintegro de las cuantías percibidas con cargo al subsidio de desempleo.

Los juzgados de lo Social de Sevilla tienen previsto celebrar este jueves una vista oral a cuenta de una de las varias demandas formuladas por los prejubilados del expediente de regulación de empleo (ERE) promovido en 2007 por la sociedad mixta Mercasevilla, contra la negativa inicial del antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM) a concederles el subsidio de desempleo. El Juzgado de lo Social número cuatro, hasta el momento, ha desestimado la primera de estas demandas sometidas a juicio, después de haber estimado antes la demanda promovida por el propio INEM, para reclamar a 16 de estos extrabajadores el reintegro de las cuantías percibidas con cargo al subsidio de desempleo.

El presidente del comité de empresa de Mercasevilla, Rafael Domínguez (CCOO), ha informado a Europa Press de que la vista oral relativa a esta demanda ha sido fijada para este jueves 31 de mayo.

El conflicto del inem y mercasevilla

El antiguo INEM, según explicaba Rafael Domínguez, había contabilizado finalmente como "ingresos de renta" los contratos de préstamo librados por Mercasevilla en favor del colectivo de prejubilados del ERE de 2007, para cubrir las cuantías que habrían de percibir merced a sus prejubilaciones, puesto que la negativa de la Consejería de Empleo a participar en la financiación de este ERE mantiene paralizados sus pagos. Así, el INEM denegó por incompatibilidad el subsidio de desempleo a los prejubilados de este colectivo que lo solicitaban en aquel momento, reclamando además el reintegro a aquellos que ya gozaban de esta prestación.

La tesis del comité de empresa y de los prejubilados parte de que el ERE de 2007 nació como una "continuación" del expediente de regulación de empleo de 2003, cuya negociación comenzó antes del mes de mayo de 2002 bajo una legislación que "no consideraba como rentas" las indemnizaciones por prejubilación. "Los ERE de 2003 y de 2007 forman parte del mismo procedimiento", defiende Rafael Domínguez.

La primera sentencia

El Juzgado de lo Social número cuatro, mediante una sentencia emitida en julio de 2011, estimó no obstante la demanda formulada por el Instituto Nacional de Empleo para reclamar a 16 de estos prejubilados el reintegro de las cuantías percibidas con cargo al subsidio de desempleo. El juzgado resolvía por un lado que los ERE impulsados en 2003 y 2007 en el mercado central de abastos son procedimientos "distintos" y computaba como "rentas" incompatibles con el subsidio de desempleo los contratos de préstamo librados por la compañía para cubrir sus indemnizaciones.

La última sentencia al respecto, emitida el 7 de septiembre de 2011 y fallada en el mismo sentido, corresponde a la vista oral celebrada el 28 de julio de 2011 también en el Juzgado de lo Social número cuatro de Sevilla.

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