Condenado a siete años de cárcel por incendiar un edificio en Comillas en el que dormían varias personas

Al acusado, propietario del inmueble junto con sus hermanos, se le aplica la eximente incompleta de intoxicación etílica

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete años y cuatro meses de prisión al hombre que fue juzgado por provocar un incendio en un edificio de Comillas en el que dormían varias personas y del que era propietario junto con tres de sus hermanos. También deberá pagar indemnizaciones por más de 99.000 euros por los daños causados.

La sentencia considera probado que Juan Carlos G. R., de 61 años cuando ocurrieron los hechos, el 14 de agosto de 2010, se dirigió a su domicilio sobre las 08.00 horas, tras haber ingerido durante la noche gran cantidad de bebidas alcohólicas y algo de cocaína, que afectaban de manera notable a su conciencia y voluntad.

Una vez en el inmueble, y sabiendo que en su interior estaban durmiendo varias personas, algunas de ellas familiares suyos, roció con líquido inflamable el portal, las escaleras de acceso y parte del pasillo de la primera planta, así como el interior de una estancia situada en el primer piso utilizada como trastero comunitario, y prendió fuego en dichas zonas.

El incendio se propagó rápidamente en todas las direcciones y afectó a elementos comunes, así como a varias viviendas, hasta que llegaron los Bomberos y consiguieron sofocarlo.

Como consecuencia del fuego, varias vecinas y el propio acusado tuvieron que ser atendidos por los servicios médicos.

En el juicio, Juan Carlos G. negó ser el autor del siniestro y aseguró que al producirse los hechos se encontraba durmiendo en uno de los pisos del edificio.

Sin embargo, la sección primera de la Audiencia considera al acusado autor de un delito de incendio, con la eximente incompleta de intoxicación etílica, y apunta que el móvil que le llevó a actuar fue el "conflicto" que mantenía con sus hermanos, con los que se había enfrentado en varios juicios, incluido el desahucio del propio Juan Carlos G., a lo que se unían problemas por la herencia de sus padres.

Dicho conflicto afectaba a la conducta del acusado con anterioridad a los hechos, según la sentencia, y éste ya "se había prodigado" en amenazas contra sus familiares y "la integridad del edificio", incluidos sus arrendatarios. De ahí que pusiera carteles en el inmueble advirtiendo de su mal estado o referidos a sus hermanos.

La Audiencia considera además que el acusado sabía que algunos de sus hermanos y familiares estaban alojados en el edificio el día del incendio, que no duda que fue provocado, como pone de manifiesto, entre otras cosas, que hubiera dos focos.

Asimismo, destaca que la llegada del imputado a su casa coincidió con la hora del incendio y que éste fue visto por varios testigos, pruebas, entre otras, que le llevan a descartar que el fuego fuera provocado por otra de las personas que se encontraban en el edificio.

En este sentido, la sentencia destaca los "múltiples indicios" que llevan a deducir que el acusado fuera la única persona que pudo cometer el incendio, entre otros que había manifestado este propósito anteriormente, mantenía una mala relación con otros titulares de las viviendas, y uno de los focos estaba situado junto a su piso.

Por todo ello, la Audiencia impone al acusado siete años y cuatro meses de cárcel, en lugar de los diez que pedía el Ministerio Fiscal, por un delito de incendio, y una multa de 360 euros por las lesiones causadas a una vecina.

Además, deberá pagar indemnizaciones por los daños causados que oscilan entre los 39,600 y los 919 euros, además de 2.687 euros al Servicio Cántabro de Salud por la asistencia sanitaria.

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