Arzobispo de Toledo no ve inconveniente en que la Iglesia pague el IBI siempre y cuando lo paguen todos

El arzobispo de Toledo y Primado de España, Braulio Rodríguez, ha manifestado que por parte de la Iglesia no existe "ningún inconveniente" para que se modifique la ley para que se pague el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), pero que si se cambia "ha de ser igual para todos".
Braulio Arzobispo
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EUROPA PRESS
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El arzobispo de Toledo y Primado de España, Braulio Rodríguez, ha manifestado que por parte de la Iglesia no existe "ningún inconveniente" para que se modifique la ley para que se pague el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), pero que si se cambia "ha de ser igual para todos".

Así se ha manifestado Rodríguez en declaraciones a los medios tras la firma de un convenio con la Fundación Endesa sobre el proyecto del Museo de Tapices, donde ha criticado que se presente a la Iglesia "de una manera no noble" con este asunto.

Preguntado por la propuesta del PSOE de revisar los acuerdos del Estado con El Vaticano, el arzobispo ha subrayado que los socialistas "pueden plantear lo que quieran", y ha incidido en que se trata de una ley "en que no solo está afectada la Iglesia".

Además, ha aseverado que "se habla de una manera errónea" al hablar de concordato. "No es un concordato, son acuerdos internacionales entre la Iglesia y el Estado que afectan a todos, a la Santa Sede, al Gobierno español, a los autonómicos y a los ayuntamientos", ha dicho.

Según el artículo 62 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aparte de los inmuebles propiedad de la Iglesia, están exentos de pagar este impuesto aquellos inmuebles propiedad del Estado, de las comunidades autónomas o de entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional.

Tampoco pagan el IBI los inmuebles de la Cruz Roja, los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus organismos oficiales, o los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para la explotación de dichas líneas.

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