La Audiencia absuelve a los 21 acusados de tráfico de cocaína al declarar nulas las escuchas telefónicas

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los 21 acusados de traficar con cocaína al declarar nulo el auto que autorizaba las escuchas telefónicas a uno de los acusados y por lo tanto, nulos también todos los datos que se han obtenido a través de las mismas y el resto de pruebas derivadas de aquella intervención, y dado que no existen otras pruebas contra ellos.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los 21 acusados de traficar con cocaína al declarar nulo el auto que autorizaba las escuchas telefónicas a uno de los acusados y por lo tanto, nulos también todos los datos que se han obtenido a través de las mismas y el resto de pruebas derivadas de aquella intervención, y dado que no existen otras pruebas contra ellos.

La Audiencia, que en un principio sí admitió las escuchas como prueba, explica que según la información que proporcionaron los agentes de policía en el juicio oral, previamente a solicitar la intervención telefónica se realizaron seguimientos a un vehículos y una "intensa vigilancia" sobre el local donde suponían que se vendía droga, pero esta información no se trasladó a la juez que autorizó la escucha.

En este sentido, los magistrados afirman en la sentencia que "no cabe duda de que si tal información se hubiera proporcionado a la juez de instrucción para su valoración, hubiera permitido autorizar legítimamente el sacrificio del derecho al secreto de las comunicaciones".

Sobre el motivo por el que no se dijo nada de esto a la juez de instrucción cuando se solicitó la intervención de los dos números de teléfono del acusado, la Sala se remite a la declaración de los agentes en el juicio, que dijeron que el oficio se redactó de forma "genérica". Para la Audiencia "no cabe duda de que tal información genérica es la que tanto nuestro Tribunal Constitucional como nuestro Tribunal Supremo consideran claramente insuficiente para justificar el sacrificio del derecho al secreto de las comunicaciones".

HECHOS

El Ministerio Fiscal solicitaba una condena de nueve años de cárcel y multa de 700.000 euros para el principal acusado y supuesto cabecilla de la red, Reynel de Jesús P. L., que, según su relato, se encargaba de traer la droga desde el extranjero, principalmente de países latinoamericanos, mezclada con otras sustancias para dificultar su intervención y posteriormente la separaba a través de procesos químicos.

Fue detenido el 8 de mayo de 2010 en Valencia, cuando llevaba un cuadro supuestamente de Goya —y que resultó ser de un autor desconocido— que iba a trasladar a Madrid para su venta.

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