Condenado a pagar una multa de 75 euros por insultar a dos agentes de la Policía Local de Santomera

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial ha condenado a un individuo a pagar una multa de 75 euros por insultar a dos agentes de la Policía Local de Santomera, llegando a decir a uno de ellos que se estaba portando como un "vulgar chorizo" y acusándole de aprovecharse del traje "cobardemente" para abusar de su autoridad.

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial ha condenado a un individuo a pagar una multa de 75 euros por insultar a dos agentes de la Policía Local de Santomera, llegando a decir a uno de ellos que se estaba portando como un "vulgar chorizo" y acusándole de aprovecharse del traje "cobardemente" para abusar de su autoridad.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se produjeron en marzo de 2011, cuando el acusado caminaba por una calle de la pedanía de El Siscar acompañado de un perro pastor alemán, y en un momento dado fue requerido por los agentes de Policía Local para que se identificara y aportara la documentación del perro que paseaba sin bozal.

Los hechos considerados probados por el tribunal recogen que el individuo no se identificó y manifestó tener la documentación del perro en casa, por lo que se dirigió a su domicilio acompañado de los agentes y al llegar al mismo, solicitó a sus familiares que llamaran a la Guardia Civil.

Al parecer, el acusado dijo al agente que estaba extendiéndole el boletín de denuncia que "no estás actuando como policía sino como delincuente", "te has portado como un vulgar chorizo", "te aprovechas del traje cobardemente para abusar de tu autoridad", "tu debes de tener un trauma de pequeño, quizás porque tu padre era maltratador", todas ellas pronunciadas en estado de gran nerviosismo.

El Juzgado de Instrucción número 5 de Murcia condenó al individuo a la pena de 25 días de multa a razón de tres euros de cuota diaria, pero el acusado presentó un recurso de apelación solicitando la revocación de la sentencia.

Sin embargo, la Audiencia Provincial considera que la prueba practicada "ha sido correctamente valorada en la sentencia, tras la directa apreciación por la juzgadora de las pruebas personales practicadas y razona en la sentencia la valoración de toda la prueba practicada en el juicio".

La Sala también rechaza los alegatos del recurrente en torno a la concurrencia de móviles de animadversión hacia el mismo por parte de los agentes, ya que los policías locales "se han limitado a describir cuanto sucedió el día de los hechos, careciendo de relevancia la anterior condena del recurrente por delito de atentado a dos agentes de Policía Local de Santomera".

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