La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Laboral para el Comercio pacta el incremento del 0,5% para los salarios base

La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Laboral para el Comercio de Baleares ha establecido este lunes un preacuerdo por el que se pacta el incremento del 0,5% para los salarios base para las distintas categorías profesionales a partir del 1 de abril de 2011 y hasta día 31 de marzo de 2012.

La Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Laboral para el Comercio de Baleares ha establecido este lunes un preacuerdo por el que se pacta el incremento del 0,5% para los salarios base para las distintas categorías profesionales a partir del 1 de abril de 2011 y hasta día 31 de marzo de 2012.

Al respecto, se ha acordado que dicho pacto no tendrá efectos retroactivos, sino que se sumará al incremento previsto de día 1 de abril de 2012, que será del 0,6%.

Así, se ha indicado que a partir de la referida fecha, los salarios vigentes a día 31 de marzo de 2012, sufrirán un incremento del 0,5% y sobre estos se aplicará el incremento del 0,6%. Cabe señalar que estos incrementos se aplicarán sobre los distintos conceptos de contenido económico contemplados en el convenio.

En este sentido, también se ha pactado que el convenio Colectivo Laboral tendrá una vigencia temporal de dos años, a contar a partir del 1 de abril de 2011 y hasta el 31 de marzo de 2013.

Además, se deja sin efecto la previsión contemplada en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores y se ha acordado que no será de aplicación la indicada previsión. Para el supuesto caso de que denunciado el Convenio Colectivo, si en el plazo de dos años no se hubiera alcanzado un acuerdo que pusiera fin a la negociación, las cláusulas normativas de dicho convenio seguirán en vigor y decaerán únicamente las cláusulas obligacionales, hasta la sustitución por un nuevo convenio colectivo.

Asimismo, se ha establecido que el resto del contenido normativo de dicho convenio quedará en su redacción actual y únicamente se adaptarán aquellos artículos o preceptos de derecho necesario para que el texto pactado pueda pasar el control de legalidad.

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