El juez Castro rechaza apartarse de las investigaciones sobre Nóos

No ve "base legal alguna" para estimar la petición de Matas
José Castro
José Castro
EUROPA PRESS
José Castro

El juez instructor del caso Palma Arena, José Castro, ha rechazado inhibirse de las investigaciones sobre las actividades presuntamente ilícitas del Instituto Nóos, que constituyen la pieza 25 de la causa, desestimando así la petición del expresidente de Baleares Jaume Matas.

Mediante un auto dictado este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma alega, entre otros argumentos, que ya cuando tomó declaración al imputado en marzo de 2010 se le preguntó en torno a los convenios firmados entre el Gobierno balear y Nóos para la celebración de dos foros sobre turismo y deporte.

Entonces, "ni el señor Matas ni su dirección letrada mostraron su discrepancia sobre las preguntas que se le formularon, ni se cuestionaron la competencia de este instructor para hacerlas o consentir que otros lo hicieran" en el marco del caso Palma Arena, ha justificado el juez.

Tal y como pone de manifiesto el magistrado en sus razonamientos jurídicos, desde entonces se han dictado más de quince resoluciones hasta que fue abierta la pieza sobre Nóos, el 4 de agosto de 2011, a partir de cuando se dictaron otras 33, sin que ni siquiera una vez levantado el secreto de las mismas ninguna de ellas fuese objeto de recurso ni de cuestionamiento de la competencia por parte de Matas.

De hecho, Castro ha aseverado que fue a partir de la nueva citación del exjefe del Ejecutivo autonómico, ya en el marco de la pieza número 25, cuando su abogado, Antonio Alberca, cuestionó la competencia de su Juzgado para instruir estas investigaciones.

Es más, considera que la pretensión de la defensa de Matas de que el juez decano decida en base a las normas de reparto que estas pesquisas recaigan en otro Juzgado "carece de todo encaje jurídico".

Porque, a pesar de que el decano, entre otros cometidos, tiene el de intervenir en el reparto de asuntos, no es así "en cualquier momento procesal que a alguien se le pueda antojar sino solo cuando aquéllos acceden a los Juzgados a través de los variados cauces habilitados para ello".

Y ello, ha proseguido, "con la estricta finalidad de que la carga competencial entre todos ellos sea equitativa y con rigurosa observancia de las normas de reparto".

Tanto es así, que ha considerado que la solicitud del exministro supera todo lo inconcebible y ha aseverado que la inhibición de un instructor "no puede ser algo caprichoso que obedezca al personal interés de este ni al personal, y además extemporáneo de ninguna de las partes".

Es por todo ello que ha consierado "extemporáneo, sin cauce procesal y sin base legal alguna" entrar en el debate planteado por la defensa de Matas, menos aún cuando está por resolverse por la Audiencia Provincial de Palma un recurso de apelación sobre exactamente la misma cuestión.

En el escrito presentado por Alberca ante el Juzgado de Instrucción número 3, el letrado incidía en que ya cuando en el curso de las indagaciones sobre el presunto desfase de más de 50 millones de euros durante la ejecución del Palma Arena (2005-2007) aparecieron indicios de criminalidad en torno a las actividades realizadas a través de Nóos, el magistrado "debió acordar su inhibición" de forma inmediata.

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