Condenado a dos años de cárcel por arrancar de un bocado parte de la oreja a su víctima en una riña

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un vecino de la localidad almeriense de Vélez Rubio identificado como A.C.N. por un delito de lesiones después de que arrancara de un mordisco parte de la oreja derecha de su víctima en el transcurso de una riña que tuvo lugar en un pub del citado municipio en noviembre de 2006.

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un vecino de la localidad almeriense de Vélez Rubio identificado como A.C.N. por un delito de lesiones después de que arrancara de un mordisco parte de la oreja derecha de su víctima en el transcurso de una riña que tuvo lugar en un pub del citado municipio en noviembre de 2006.

Según la sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Fiscal modificó su petición inicial de tres años de prisión a dos años al aplicar la atenuante de reparación de daño, ya que tras los hechos el acusado consignó en el juzgado que instruía la causa 9.000 euros para paliar los efectos de dicha agresión.

Así, se considera probado que sobre las 3,30 horas de la madrugada el acusado, sin antecedentes penales, se encontraba en el interior de un local cuando la víctima se acercó a saludar a una conocida suya con la que había cenado esa misma noche y que, además, era prima de la novia del condenado. Así, en el momento del saludo, la víctima tocó el culo de la chica, lo que desencadenó una discusión entre ambos.

Tras mantener un forcejeo, el acusado se volvió a acercar a la víctima a la que puso un brazo en el cuello y le dijo "te tengo que matar', al tiempo que propinó un mordisco en la oreja lo que le causó la pérdida de sustancia en el pabellón auditivo derecho. En este sentido, la víctima necesitó de tratamiento quirúrgico con la extirpación de tejido y cierre de puntos de sutura que tardó 73 días en curar, quedando mientras incapacitado.

En este sentido, la sentencia condena también al acusado al pago de 20.000 euros a su víctima en concepto de indemnización a la vez que lo absuelve del delito de amenazas. Asimismo, también absuelve a la víctima de una falta de lesiones, para la que el Ministerio Público interesaba una multa de 8.430 euros y la acusación particular 900 euros de indemnización.

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