Desestimado el recurso para que el Ayuntamiento de Valladolid cambiara nombres franquistas de las calles

El Juzgado número 2 de Valladolid ha desestimado el recurso presentado por la Plataforma por la Retirada de Nombres y Símbolos Franquistas contra el Ayuntamiento de la ciudad por entender que se había incumplido la Ley de Memoria Histórica en lo referente a la nomenclatura de las calles con la consecuente "violación de derechos fundamentales".

El Juzgado número 2 de Valladolid ha desestimado el recurso presentado por la Plataforma por la Retirada de Nombres y Símbolos Franquistas contra el Ayuntamiento de la ciudad por entender que se había incumplido la Ley de Memoria Histórica en lo referente a la nomenclatura de las calles con la consecuente "violación de derechos fundamentales".

Según han informado fuentes de la Plataforma en un comunicado recogido por Europa Press, se presentará un recurso de apelación contra dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Castilla y León (TSJ), si bien han asegurado que la resolución exige al Ayuntamiento el deber legal que como Administración pública tiene para cumplir el mandato sobre la retirada de todos los elementos que menciona el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica.

Por ello, la Plataforma ha considerado que aunque se desestima el recurso "se deja claras dos cosas, la primera que tiene el inexorable deber de cumplir la Ley a lo que le obliga y en segundo lugar el necesario establecimiento de un procedimiento que se realizara a través de una ordenanza municipal para llevar a cabo esa exigencia".

El contencioso se inició, como ha recordado el representante de la Plataforma y ex concejal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Valladolid, Alfonso Sánchez, después que el Partido Popular rechazara la moción propuesta por Izquierda Unida y apoyada por el PSOE en el Pleno del Ayuntamiento en la que se reclamaba que la ciudad de Valladolid eliminara cualquier símbolo que "recuerde o ensalce a la dictadura franquista" en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica

El colectivo considera que los cambios de nombres, calles y plazas así como de edificios públicos de propiedad municipal es competencia "directa" del Consistorio, e incluso han señalado que la sentencia establece un mandato que "puede calificarse como un autentico deber legal dirigido a todas las administraciones publicas, consistente en la retirada de todos los elementos que menciona expresamente".

Así, han indicado que la resolución manifiesta que "hasta ahora solo el Estado ha regulado un procedimiento específico para seguir a fin de dar cumplimiento a las previsiones del Artículo 15" de la citada Ley y que en el caso de las comunidades autónomas y corporaciones locales no hay un procedimiento predeterminado, sino que se debe regir por una norma específica, en este caso, una ordenanza municipal.

Sin embargo, la Plataforma ha interpretado que el recurso queda desestimado al no existir ordenanza alguna en el Ayuntamiento de Valladolid sobre la nomenclatura de las calles originadas en la época de la Dictadura.

La Plataforma ha añadido que tiene realizado un estudio "exhaustivo" sobre las calles y plazas de la ciudad con nombres de "exaltación franquista y de la Dictadura" y ha reclamado al alcalde de la ciudad, Francisco Javier León de la Riva, que elabore una ordenanza para el cambio de nombres de las calles y para retirar la cruz laureada de San Fernando que muestra el escudo de la ciudad.

"Pensamos que la dedicación de una calle a unas determinadas personas, fechas o hechos, es uno de los mayores honores que un pueblo o una ciudad puede ofrecer, pues convierte al homenajeado en ejemplo de los ciudadanos que viven o transitan por la localidad", han aseverado, antes de reprochar que mantener ese homenaje público a "personas o hechos golpistas" es, a su juicio, "un claro desprecio a los valores democráticos en los que hoy se basa nuestra convivencia, además de un incumplimiento evidente de la Ley".

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