Un juzgado falla que uno de los despidos en la Sociedad de Cultura fue por motivos políticos

El despido vulneró sus derechos fundamentales

El Juzgado de lo Social número 3 de Santander ha señalado que el despido del coordinador de la Biblioteca Central y Archivo de Cantabria fue nulo porque la motivación fue su afiliación política al PRC, lo que supone que esa decisión supuso una vulneración de su derecho fundamental.

Al empleado, en la Sociedad Regional de Turismo, se le comunicó el despido el pasado 24 de enero, por motivos disciplinarios, al observarse una disminución "voluntaria e injustificada" de su rendimiento, aunque se reconocía, igualmente, que era un despido improcedente, ante la dificultad de acreditar los hechos.

El empleado consideraba que el despido no sólo era improcedente, sino también nulo, porque el motivo real era su condición de afiliado del PRC, según recoge una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

La sentencia se remite a una serie de declaraciones realizadas entre marzo y abril por el entonces diputado del PP José Antonio Cagigas sobre la política de contratación basada en el "nepotismo" del en ese momento consejero de Cultura, Javier López Marcano (PRC), en las que citaba expresamente a este empleado como cuñado del que era consejero de Medio Ambiente, Francisco Martín (PSOE), dentro de una relación de empleados contratados por afinidades ideológicas o personales que detallaba el parlamentario.

Y luego se remite a otras declaraciones, cuando el PP ya estaba en el Gobierno, en las que se criticaron las contrataciones de Marcano, citando a este trabajador, al que se le comunicó su despido meses después.

Esas declaraciones, las primeras, de Cagigas, son para el juez Pablo Rueda (que está recibiendo hasta la fecha la mayoría de los recursos relacionados con los despidos en estas sociedades) una "evidencia" de las opiniones del PP sobre las contrataciones en estas empresas y un "indicio racional" para "sospechar" los motivos del posterior despido

Estas declaraciones se aceptan en el plano político, pero llevadas al plano laboral le hacen cuestionar que los despidos sean "por razones ajenas a motivos organizativos o empresariales".

Y apunta que en la carta de despido no se especifican los motivos, lo que hace "deducir" o "cuanto menos sospechar" que las causas eran motivos "ajenos" y "no jurídicos", y, a la vista de los hechos, el magistrado apunta a la "afinidad política".

Una "sospecha razonable" que se convierte así en "convicción judicial" y que supone que el despido vulneró el derecho fundamental a mostrar afinidad concreta con un partido político, en este caso, el PRC.

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