Agricultura publica las bases para acceder a las ayudas para mejorar las producción y comercialización de la miel

La consejería publica otra orden con la convocatoria de ayudas para este 2012
Apicultores recogen miel de abejas en una colmena
Apicultores recogen miel de abejas en una colmena
CRIC
Apicultores recogen miel de abejas en una colmena

La Consejería de Agricultura ha publicado una orden por la que se desarrollan las nuevas bases reguladoras de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-La Mancha.

Para ello, el departamento que dirige María Luisa Soriano derogada la orden dictada por el anterior Gobierno en abril del 2011, relativa a la concesión de dichas ayudas y dice que los expedientes administrativos no finalizados continuarán tramitándose hasta su finalización de conformidad con la normativa vigente en el momento de su inicio.

Asociaciones y apicultores

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, se podrán beneficiar de estas ayudas las asociaciones apícolas con personalidad jurídica propia integradas en su mayoría por apicultores, que sean titulares de una explotación apícola en Castilla-La Mancha y que figuren inscritas en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Autónoma.

Para acceder a la subvención los solicitantes deben haber llevado a cabo, en el año de solicitud de la ayuda, la preceptiva validación anual del Libro de Registro de Explotación y realizado la declaración anual de censo. Asimismo, deberán haber realizado al menos un tratamiento al año frente a varroosis y disponer de un seguro de responsabilidad civil.

También pueden acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan registradas un número igual o superior a 50 colmenas. Para ello, deberán mantener en la explotación todas las colmenas incluidas en la solicitud durante el año de presentación de la misma.

Los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

Actividades subvencionables

Las actividades subvenciobnales son la asistencia técnica a los apicultores y a las asociaciones de apicultores, la lucha contra la varroosis y la racionalización de la trashumancia.

Dice esta orden que las actuaciones para las que se solicite la ayuda no podrán ser emprendidas antes de la apertura del plazo de presentación de la solicitud, salvo, en el caso de la medida de lucha contra la varroosis.

Asimismo, contempla que las colmenas abandonadas y colmenas muertas no darán derecho al cobro de las ayudas por su titular.

Cuantía y limite

Las ayudas para actividades de formación presencial para apicultores o formación continúa de los técnicos y especialistas de las asociaciones será, como máximo, de 60,10 euros/hora.

La suma de las retribuciones del profesorado y del resto de gastos derivados de las actividades de formación (material didáctico, alquiler de locales, otros gastos derivados de las actividades comunes de formación y matrículas de cursos recibidos por los técnicos de las asociaciones), no podrá superar la cantidad de 0,42 euros/colmena registrada.

Para la edición de nuevas publicaciones sobre las características de la miel, el polen, la jalea y los propóleos, medidas sanitarias, métodos de aplicación de tratamientos y consejos de manejo la ayuda contempla hasta 0,15 euros/colmena registrada.

Mientras, para la contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica de las asociaciones de apicultores se pagará hasta 3,30 euros/colmena.

Según reza la nueva orden, para la lucha contra la varroosis se abonará hasta 3,30 euros/colmena y para la racionalización de la trashumancia se pagará hasta el 50% del coste presupuestado, con un máximo de 1.502,5 euros/apicultor.

En el caso de la cría en común de reinas de razas autóctonas para la reposición de bajas se pagará el 50% del coste presupuestado para la adquisición, con un máximo de 500 euros/apicultor.

Ayudas cofinanciadas

Las ayudas serán cofinanciadas en un 50% con ayudas con cargo a los Fondos Feaga de la Unión Europea. El 50% restante se financiará de las ayudas con cargo a los presupuestos de la Administración General del Estado y a los presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

CONCESIÓN

Según establece el departamento que dirige María Luisa Soriano, el procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en este artículo.

El número máximo de colmenas a considerar será el que figure en la declaración anual de censo. En el caso de asociaciones se considerara la suma de las declaradas por cada uno de los integrantes.

En el supuesto de que las ayudas solicitadas superasen el crédito disponible, primero se pagarán las ayudas la lucha contra la varroosis, después para la asistencia técnica a apicultores, y para la racionalización de la trashumancia. Lo último en abonarse será las actividades de formación.

CONVOCATORIA

De otro lado, el DOCM también publica este viernes otra orden de la Dirección General de Agricultura Ganadería, por la que se realiza la convocatoria de estas ayudas.

Según recoge Europa Press, las solicitudes cumplimentadas estarán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería y podrán ser presentadas en el Registro de los Servicios Centrales, los Servicios Periféricos y las Oficinas Comarcales de la Consejería de Agricultura.

Asimismo, podrán presentarse mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la web institucional de la Junta de Comunidades, mediante fax o mediante llamada al teléfono 012 si llama desde Castilla-La Mancha o al 902267090 si se llama desde fuera de la región.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 15 días naturales desde el día siguiente la de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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