Supremo confirma seis años al hombre que violó a una mujer para cobrarse una deuda contraída por el marido

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de seis años de cárcel impuesta a un varón con iniciales S.F.L, natural de Cartagena y vecino de Valladolid, que fue juzgado bajo la acusación de haber violado en 2009 a una mujer en Medina del Campo para cobrarse así una deuda que el marido de ésta mantenía con él, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de seis años de cárcel impuesta a un varón con iniciales S.F.L, natural de Cartagena y vecino de Valladolid, que fue juzgado bajo la acusación de haber violado en 2009 a una mujer en Medina del Campo para cobrarse así una deuda que el marido de ésta mantenía con él, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En su fallo, T.S. desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado y, en consecuencia, confirma en todos sus términos la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia de Valladolid, que consideró probada la autoría de un delito de agresión sexual (artículo 179 del Código Penal) y resolvió imponer al reo una pena de seis años de cárcel, junto con la prohibición de aproximarse a la víctima por espacio de siete años a menos de 500 metros, así como de comunicar con ella por cualquier medio y, en concepto de responsabilidad civil, a indemnizar a la agredida con 6.000 euros y al Sacyl con 97 euros.

La condena no estimó creíble la versión del acusado, que en el juicio reconoció haber mantenido relaciones sexuales con la víctima, de nacionalidad colombiana, pero en su descargo insistió en que el día de autos, cuando se personó en el taller y amenazó a la mujer con presentar denuncia contra el marido por la deuda de 1.800 euros correspondientes a una obra en un chalé de la urbanización Entrepinos de Simancas que no habían sido realizadas, fue la denunciante la que comenzó a ponerse "melosa" y le respondió que había otras formas de solucionar el problema.

Fue entonces cuando el S.F.L, que ya daba por perdida dicha cantidad, aceptó el canje de la deuda por contacto carnal con la esposa de su deudor, con lo que la relación sexual, según sostuvo, se llevó a término con el total beneplácito de la mujer del carpintero, versión que chocó frontalmente con la de la aludida, quien, sin poder contener el llanto, ratificó punto por punto la denuncia presentada en su día.

En ella, aseguró que el 26 de junio de 2009 el procesado llamó al taller para cerciorarse de que se hallaba sola, se presentó entonces en las instalaciones y, tras espetarle la frase "¡tú veras, si te follo ya está saldada la deuda", la obligó a bajarse los pantalones, le lamió los genitales, la forzó a que le hiciera una felación y la penetró vaginalmente bajo amenazas de matarla a ella y sus hijos si gritaba o se movía.

Las pruebas realizadas por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, correspondientes al semen hallado en las prendas íntimas y cuerpo de la víctima, determinaron la existencia de un perfil genético procedente de dos personas y compatible con una mezcla de restos celulares de la agredida y de su agresor.

La Fiscalía de Valladolid había solicitado para el condenado una pena de siete años y medio de prisión por un delito de agresión sexual, junto con la prohibición del acusado de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de la víctima y a comunicarse con ella por cualquier medio, incluido el telemático y telefónico, durante el tiempo de la condena, así como el pago de una indemnización de 6.000 euros por daños morales, mientras que la defensa solicitó un fallo absolutorio basado en que la relación entre ambos fue consentida e incluso propuesta y alentada por la supuesta víctima.

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