Los municipios defienden seguir existiendo como entidades políticas aunque dejen de tener administración

Reclaman regular con ley orgánica sus competencias y que éstas incluyan una financiación "adecuada" para solucionar su escasez

La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) defiende la pervivencia de los municipios como instituciones políticas, aunque acepta que los de pequeño tamaño puedan perder su estructura administrativa para que sean otras entidades, como las diputaciones, las que la asuman.

Según la FEMP, la supresión de municipios no va a cambiar "la realidad en cuanto al asentamiento de la población en nuestro país", por lo que, con independencia de su tamaño, "deben ser respetados como institución política básica", ya que, además, los ayuntamientos son sobre todo "expresión de la voluntad política de sus vecinos".

No obstante, reconoce que "no todos tienen capacidad suficiente para la prestación de servicios", pero que existen soluciones a este problema, ya que "la solución a las carencias de los municipios de insuficiente capacidad de gestión pasa por la disociación entre su entidad política y su estructura administrativa".

Por un lado, propone que los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes puedan ceder competencias "que no puedan ser ejercidas por ellos mismos" a entidades mayores, como diputaciones, cabildos o consejos insulares.

Por otro lado, sugiere la prestación conjunta de servicios con la que los municipios puedan suplir esas insuficiencias de gestión, "sin que ello supusiera la necesidad de crear nuevas instituciones", de modo que advierte de que una nueva ley de gobierno local debería "arbitrar y potenciar" los mecanismos adecuados para ello.

Así figura en un documento que la FEMP ha enviado a Administraciones Públicas, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que explica su criterio sobre cómo ordenar las competencias de las entidades locales, una aportación al trabajo que realiza el Gobierno para reordenar el sector público español bajo la exigencia de evitar duplicidades y cumplir la premisa de una competencia, una administración.

Merecedoras de una ley orgánica

En el texto, de nueve folios, se hace un diagnóstico de la situación de las entidades locales y se proponen vías para reconocerles una serie de competencias y una financiación suficiente, en una ley orgánica de obligado cumplimiento.

La FEMP dice ser "consciente" de que la Constitución "se olvidó de unas de las instituciones básicas de la configuración" del Estado, al no hacerlas "merecedoras de una regulación de carácter orgánico". En el caso de que esto no cambie, y se siga viendo a las entidades locales como las "hermanas pobres" de las instituciones al no dotarles de una ley orgánica que regule sus competencias, pide que se modifique la regulación del conflicto en defensa de la autonomía local contenido en la Ley del Tribunal Constitucional para "relajar los requisitos de legitimidad para su interposición".

Además, reclama un "pacto político" que comprometa tanto a Estado como a comunidades autónomas a "respetar la configuración que la ley básica establezca y a los principios en los que se fundamenta el sistema", como son autonomía local, descentralización o suficiencia financiera.

Así pues, considera que las relaciones entre las administraciones públicas deberían basarse en el "principio de lealtad institucional", garantizando la "autonomía local" frente a lo que ve como "posibles pretensiones de tutela que se pretendan ejercer desde otros ámbitos, eliminando los controles de conveniencia y oportunidad, que estarán expresamente prohibidos".

Un ejemplo que pone es que la construcción de infraestructuras de competencia estatal autonómica "no puede conllevar la imposición al ayuntamiento donde se ubique de cargas u obligaciones económicas de ningún tipo que le obliguen, bajo mecanismos de naturaleza coactiva, a confinanciarlas a través de distintas fórmulas".

Desconexión entre competencias y financiación

En el documento enviado al Gobierno, la FEMP viene a insistir, como lleva haciendo desde anteriores legislaturas, en una financiación adecuada a las competencias de las entidades locales, una condición sin la que, según argumenta, "no estarán obligadas a asumir la competencia ni a prestar los servicios o realizar las actividades que de ella se derivan".

Para la FEMP, existe una "absoluta desconexión del sistema de financiación con el sistema de competencias" de las corporaciones locales, razón a la que atribuye directamente la "escasez de recursos municipales".

Así pues, reclama que las leyes que supriman o modifiquen cualquier tributo de percepción municipal, provincial o insular que mengüe los ingresos de las haciendas locales arbitrarán "medidas de compensación", además de dotar de "carácter incondicionado" a las transferencias que se reconozcan a las entidades locales por otras administraciones públicas".

Para evitar duplicidades en la prestación de servicios públicos, la FEMP sugiere atenerse a los principios de estabilidad presupuestaria expuestos en la ley aprobada en el Senado la semana pasada, pero también a "mecanismos de colaboración" entre administraciones para, "desde la lealtad institucional, evitar la duplicidad del servicio".

En cuanto a la concreción de las competencias que, para la FEMP, deben ejercer las entidades locales, el documento explica en una serie de puntos los requisitos para fijar esos servicios y actividades de los que, a su juicio, deben encargarse estas administraciones.

A su juicio, no existe en la actual Ley de Bases de Régimen Local una "concreción suficiente de las competencias locales", ya que el listado de materias que incluye está "vacío de contenido competencial", lo que ha llevado a la "confusión en la realización de actividades y prestación de servicios".

Servicios a prestar por los municipios

Así, propone que una futura ley de bases que sustituya a la actual reconozca la competencia de los municipios para intervenir en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra entidad, además de la inclusión en esa norma de una listado de materias en las que se reconoce un interés local relevante.

Entre otras, la FEMP considera que deben ser competencia local las materias relacionadas con urbanismo, medio ambiente, abastecimiento de agua potable, asistencia social primaria, seguridad, protección civil, tráfico y movilidad, promoción turística, políticas activas de empleo o padrón municipal.

También sugiere que las leyes sectoriales estatales o autonómicas puedan ampliar las competencias establecidas, siempre previo estudio sobre la idoneidad de las mismas basándose en los "principios de autonomía, descentralización, proporcionalidad, subsidiariedad y suficiencia financiera".

La FEMP cree que también hay que tener en cuenta las características demográficas, geográficas u organizativas del municipio, además de dotar de la financiación adecuada a estas corporaciones para que puedan ejercer dichas competencias.

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