Lorca propone que la exención del pago del IBI beneficie a los propietarios de casi 44.000 inmuebles dañados

El concejal de Economía del Ayuntamiento de Lorca, Luís Amador, ha anunciado este lunes que tras incluirse por el nuevo Gobierno central en el Real Decreto de 30 de marzo de 2012 la exención del pago del IBI a los afectados por los seísmos que cumplieran los requisitos aplicados en 2011, la Junta de Gobierno Local aprobó el pasado viernes una moción que contempla eximir del pago de dicho impuesto a un total de 43.973 inmuebles, que se ubican en su mayor parte en el casco urbano del municipio".

El concejal de Economía del Ayuntamiento de Lorca, Luís Amador, ha anunciado este lunes que tras incluirse por el nuevo Gobierno central en el Real Decreto de 30 de marzo de 2012 la exención del pago del IBI a los afectados por los seísmos que cumplieran los requisitos aplicados en 2011, la Junta de Gobierno Local aprobó el pasado viernes una moción que contempla eximir del pago de dicho impuesto a un total de 43.973 inmuebles, que se ubican en su mayor parte en el casco urbano del municipio".

Estos inmuebles suponen una cuota total de recaudación para el ejercicio de este año de 12,4 millones de euros, según fuentes municipales.

En términos porcentuales, "se hablaría de aproximadamente el 50 por ciento de todos los recibos de este impuesto en el municipio, que suponen alrededor del 70 por ciento de la recaudación que el Ayuntamiento obtiene por este concepto", ha precisado.

Por ello, desde el Consistorio Municipal solicitarán la compensación de esta cantidad al Gobierno de la nación, tal y como establece el nuevo Real Decreto Ley de ayudas.

Según ha recordado Amador, "los daños afectaron a un área superior a los 32.700.000 m2". Así consta en un informa del servicio de planeamiento y gestión urbanística, que también señala que "se revisaron más de 6.300 edificios dañados por los seísmos, así como un elevado número de viviendas unifamiliares".

El concejal de Hacienda ha explicado que esta medida desarrolla lo establecido por el Real Decreto Ley que dispone la exención de las cuotas del impuesto, siempre que afecten a vivienda, establecimientos industriales y mercantiles, locales de trabajo y similares de naturaleza urbana situados en el municipio de Lorca dañados como consecuencia de los movimientos sísmicos.

Se tiene que acreditar que tanto las personas como los bienes ubicados en aquellos hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, aunque el procedimiento realizado por el ayuntamiento pretende ahorrar a la mayoría de los beneficiarios tener que presentar la documentación acreditativa.

Un total de 43.892 de estos inmuebles están situados en la zona denominada como de máxima afección, y 81 fuera de ella.

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