Entra en vigor el decreto que deroga la concesión directa de subvenciones al cese anticipado de la actividad agraria

Este lunes entra oficialmente en vigor el decreto que deroga el que regulaba el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria.
Agricultura, Agrícola, Agro, Campo, Agricultor, Siembra, Sembrar, Huerto, Horca.
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EUROPA PRESS
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Este lunes entra oficialmente en vigor el decreto que deroga el que regulaba el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria.

Según explica el decreto, el Reglamento comunitario de septiembre de 2005, regula las ayudas al desarrollo rural financiadas a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) contemplando la jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas entre las medidas destinadas a aumentar la competitividad del sector agrícola y forestal.

Por otra parte, mediante Decisión de la Comisión Europea de 16 de julio de 2008, se aprobó el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria para el período 2007-2013 incorporando dicha línea de ayuda, para la que se compromete un 17,2% del gasto público total previsto en el Programa.

A su vez, con la publicación del Decreto de Cantabria de agosto de 2009, que establece las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria, se implantó un procedimiento de concesión directa de la ayuda independiente de su convocatoria anual.

El nuevo decreto, consultado por Europa Press, explica que esta ayuda, que en Cantabria permite la jubilación anticipada de los agricultores a partir de los 55 años de edad cuando han ejercido la actividad agraria ininterrumpidamente durante los diez años anteriores, ha alcanzado ya en buena parte su objetivo de lograr un "apreciable" relevo generacional al frente de las explotaciones agrarias y de coadyuvar, por tanto, a la reestructuración del sector.

Por otra parte —añade— si bien se trata de una ayuda cofinanciada, su aprobación por el procedimiento de concesión directa en cada ejercicio presupuestario, supone contraer obligaciones financieras de largo alcance con reserva de fondos para varios ejercicios presupuestarios.

Igualmente alude a los cambios normativos introducidos por la Ley de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social, que ha modificado el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y que supone el retraso efectivo de la edad de jubilación hasta los 67 años con 38 años y medio de cotización, por lo que —dice— "no parece aconsejable mantener un sistema público de jubilación anticipada tan alejado del modelo vigente de aplicación ordinaria".

Finalmente el decreto destaca que la adopción por el Gobierno de Cantabria, de reglas "estrictas" sobre restricción del gasto público y el "firme compromiso" con el principio de estabilidad presupuestaria plasmado en la Ley de Presupuestos de la comunidad autónoma para 2012, obliga a ser más selectivos en la convocatoria de ayudas, y a priorizar las medidas de inversión con más impacto en la creación de riqueza y fomento del empleo, como puedan ser las de primera instalación de jóvenes o los planes de mejora y modernización de las explotaciones, en detrimento de aquellas otras cuyo gasto se traduce en primar el abandono de la actividad.

Por todo ello, queda derogado el Decreto por el que se regula el procedimiento de concesión cirecta de subvenciones destinadas a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria, que seguirá siendo aplicable a las ayudas solicitadas con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo decreto.

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