La Junta exigirá la devolución de 1,2 millones a Gadir Solar si se consuma el proceso del ERE extintivo

El delegado provincial de Empleo de la Junta en Cádiz, Juan Bouza, ha asegurado que si Gadir Solar cumple con lo anunciado por carta a sus trabajadores y el próximo día 30 procede al despido de 196 trabajadores en el marco de un expediente de regulación de empleo (ERE) extintivo ordenará "inmediatamente" el reintegro de las ayudas económicas que se han concedido desde la Consejería por estar vinculadas al mantenimiento de los puestos de trabajo.

El delegado provincial de Empleo de la Junta en Cádiz, Juan Bouza, ha asegurado que si Gadir Solar cumple con lo anunciado por carta a sus trabajadores y el próximo día 30 procede al despido de 196 trabajadores en el marco de un expediente de regulación de empleo (ERE) extintivo ordenará "inmediatamente" el reintegro de las ayudas económicas que se han concedido desde la Consejería por estar vinculadas al mantenimiento de los puestos de trabajo.

Según ha detallado en un comunicado, desde la Delegación Provincial de Empleo se han concedido 300.000 euros a esta empresa en incentivos económicos a la contratación. Por su parte, desde los servicios centrales de la Consejería se otorgaron otros 900.000. Bouza asegura que, además de tramitar la devolución de las ayudas de su competencia, pondrá en conocimiento de la Consejería la necesidad de abordar el reintegro de las subvenciones adjudicadas desde los servicios centrales.

Bouza ha trasladado a los 196 empleados afectados por este ERE su "total apoyo" en sus "justas" reivindicaciones, enfatizando que "desde la Junta de Andalucía exigimos a Gadir Solar que cumpla con sus obligaciones con los trabajadores y con la sociedad. Es inconcebible que ni siquiera se plantee pagar indemnizaciones, tal y como explica por carta a la plantilla".

Asimismo, subraya que con la nueva reforma laboral, en vigor desde el 12 de febrero de 2012, se elimina la autorización laboral de los despidos colectivos o ERES, con lo que la empresa sólo está obligada a realizar una comunicación a la autoridad laboral y, tras un plazo que oscila entre los 15 y los 30 días, emitir su decisión final a los afectados y a la Consejería de Empleo, independientemente de que la medida esté consensuada o no con los trabajadores. Los afectados pueden reclamar, en caso de disconformidad, ante un juzgado de lo Social.

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