El Tribunal Supremo anula la condenada impuesta a Saramago por sus deudas con Hacienda

  • Saramago, fallecido en junio de 2010, fue condenado en abril de ese año.
  • La anulación del TS de la sentencia de la Audiencia Nacional es solo parcial.
  • Hace dos años el Nobel fue condenado a pagar casi 800.000 euros.
El escritor portugués José Saramago.
El escritor portugués José Saramago.
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El escritor portugués José Saramago.

El Tribunal Supremo ha anulado parcialmente una sentencia de la Audiencia Nacional que reclamó en 2010 a José Saramago el pago de 717.651 euros a la Hacienda española al entender entonces que el Premio Nobel no podía justificar su residencia fiscal en Portugal. La sentencia de la sección segunda de lo Contencioso Administrativo estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por las herederas legales del escritor portugués: su viuda, la española Pilar del Río, y su hija Violante.

Saramago, fallecido el 18 de junio de 2010, fue condenado en abril de ese año, sólo dos meses antes de su muerte, a pagar más de 700.000 euros por los ejercicios fiscales 1997, 1998, 1999 y 2000, en los que el escritor, que residía en Tías, en la isla canaria de Lanzarote, abonó sus impuestos en Portugal.

La Audiencia Nacional desestimó entonces, en la sentencia ahora anulada, un recurso de Saramago contra una decisión anterior del Tribunal Económico Administrativo Central, de 2008, que entendió que el Nobel tenía su residencia permanente en España y, por tanto, debía responder ante el fisco español yno el portugués.

El Supremo anula en su sentencia lo relativo a los ejercicios 1999 y 2000 al entender que Hacienda "superó claramente" el plazo máximo de doce meses para la tramitación de las actuaciones inspectoras (1.281 días entre 2002 y 2005) y no cabe alegar, como hicieron la administración tributaria y las instancias judiciales inferiores, que el retraso fuera imputable casi únicamente a Saramago.

Las liquidaciones de los años 1997 y 1998 no fueron objeto del recurso de casación. En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Montero Fernández, el Supremo reconoce que Saramago "adoptó una actitud claramente obstruccionista" con Hacienda.

Pero no se puede entender, alegan los jueces del alto tribunal tras analizar la documentación, que la inspección se prolongara exclusivamente por culpa de Saramago, aun teniendo en cuenta "el grado de complejidad y dificultad" de la actuación de la agencia tributaria, entre otros motivos por estar implicadas las administraciones de varios miembros de la UE.

La Hacienda española entendió que el escritor tenía su vivienda permanente desde 1993 en Tías, poseía tarjeta de residente en España, estaba empadronado en ese ayuntamiento canario y recibía ingresos de entidades españolas como el diario El País, la Fundación Duques de Soria, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) o la Complutense de Madrid. Por tanto, debía responder ante el fisco español y no el portugués.

Pero los abogados de Saramago defendieron que el Nobel "tenía su centro de intereses vitales y económicos en Portugal, en donde Saramago declaró, ininterrumpidamente, la totalidad de sus ingresos".

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