Cuatro acusados por un accidente laboral en Nava pagarán una multa de 2.272 euros

La Fiscalía retira la acusación para el quinto de los imputados, encargado de la empresa contratada para la ejecución de los trabajos

Cuatro de las cinco personas acusadas inicialmente por un accidente laboral ocurrido en una vivienda unifamiliar en Nava en 2003 reconocieron este martes los hechos y aceptaron una condena que supondrá para cada uno el pago de multas que suman 2.272 euros.

La Fiscalía del Principado de Asturias retiró los cargos que se imputaban al quinto de los acusados, M. A. C. M. La vista estaba señalada este miércoles en el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo, aunque finalmente no llegó a desarrollarse al alcanzarse un acuerdo entre las partes.

De acuerdo al relato del Ministerio Fiscal, sobre las 12.00 horas del mediodía del 27 de enero de 2003, M. M. M., trabajadora contratada por una empresa para prestar servicios como pintora, se encontraba pintando la parte superior de la pared del salón de una vivienda unifamiliar en Nava, desde una escalera de mano apoyada en la pared. En un momento dado, ésta se deslizó, cayendo la trabajadora al suelo. M. M. M. sufrió múltiples contusiones de las que tardó en curar 120 días, los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales.

Los trabajos en la vivienda corrían a cargo de una promotora, que había contratado la ejecución de la obra a otra empresa, que a su vez había subcontratado a la entidad de la que dependía la trabajadora herida.

La fiscal delegada de siniestralidad laboral sostiene que el accidente se produjo al no disponer la trabajadora de equipos de trabajo adecuados y seguros para desarrollar las labores de pintura, comprometiendo su seguridad y salud, al suministrarle una escalera que no se encontraba sujeta a ningún punto superior de apoyo y carente de estabilidad, y en la que tenía además ubicar los materiales de pintura. Por otra parte, no existía coordinación entre las empresas en la aplicación de la normativa de prevención y no se había aprobado el Plan de Seguridad y Salud, situación ésta que comprometía gravemente la seguridad y salud de los empleados.

Asimismo, la empresa promotora operaba a pesar de que carecía de dirección técnica y facultativa, con pleno conocimiento de que el arquitecto y la arquitecta técnica habían presentado su renuncia al ejercicio de sus funciones en sus colegios profesionales, en mayo y junio de 2002, respectivamente, y no designó un coordinador de seguridad y salud hasta el 27 de febrero de 2003.

Reconocieron los hechos

Los acusados que reconocieron los hechos son A. L. I., representante legal de la empresa promotora, J. R. C. U., representante legal de la subcontrata de la que dependía laboralmente la trabajadora herida, J. M. S. M., administrador único de la entidad contratada para la ejecución de la obra y P. V. L., encargado de obra de la subcontrata y quien le suministró a la trabajadora herida la escalera que utilizó.

Cada uno de ellos aceptó una pena de seis meses de prisión, a sustituir por el pago de una multa de 12 meses a razón de 4 euros diarios (en total, 1.440 euros), y multa de 6 meses a razón de 4 euros al día (en total, 720 euros), por un delito contra los derechos de los trabajadores; y arresto de siete fines de semana, a sustituir por el pago de 28 cuotas de cuatro euros (total, 112 euros). Todas estas cantidades suman 2.272 euros, a pagar por cada uno de los acusados.

Además, se fijó una indemnización para la trabajadora herida, de 6.000 euros. Por último, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo durante el tiempo de la condena fue suprimida.

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