Condenan a un hombre que nada más salir de la cárcel dio una paliza y retuvo a su expareja

La Audiencia Provincial ha condenado a dos años y siete meses de prisión a un hombre que, nada más salir de la cárcel, en su propio domicilio, dio una paliza y retuvo a su excompañera sentimental, a la que golpeó por todo el cuerpo, le mordió en el brazo y le colocó un cuchillo en el cuello.

La Audiencia Provincial ha condenado a dos años y siete meses de prisión a un hombre que, nada más salir de la cárcel, en su propio domicilio, dio una paliza y retuvo a su excompañera sentimental, a la que golpeó por todo el cuerpo, le mordió en el brazo y le colocó un cuchillo en el cuello.

La Sección Tercera de la Audiencia estima parcialmente el recurso del condenado, al que reduce de un año a siete meses la pena de prisión por violencia de género que le impuso en marzo de 2011 el Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander, mientras que mantiene el resto de la condena de primera instancia, que incluye también dos años por un delito de detención ilegal, prohibición de acercamiento a menos de 300 metros y comunicación con la víctima por cualquier medio durante tres años.

La Audiencia rebaja parte de la condena al entender que no existe la agravación que se aprecia en la sentencia de primera instancia, por cuanto fue la víctima la que tomó la iniciativa de acudir al domicilio de su expareja.

Los hechos ocurrieron el 30 de enero de 2011, cuando la chica acudió al domicilio de su excompañero sentimental, pensando que éste se encontraba en prisión, para dar de comer al gato.

Por sorpresa se encontró al acusado acostado sobre su cama, por lo que decidió marcharse pero él se lo impidió. Comenzó a perseguirla por la casa, le arrebató las llaves y el móvil, le cerró la puerta y le golpeó por todo el cuerpo, colocándola un cuchillo en el cuello y provocándole contusiones en la cara, brazos, piernas y zona lumbar.

Transcurridas varias horas, la víctima aprovechó que su agresor se quedó dormido para arrebatarle las llaves y salir llamando por teléfono a su madre solicitando auxilio.

El acusado recurrió la sentencia de primera instancia alegando error en la valoración de la prueba de cargo, argumento que descarta la Audiencia, que defiende que la resolución recurrida contiene una fundamentación lógica y coherente. De hecho, se apoya en la declaración de la víctima, de la madre de ésta y de los agentes de la Policía Nacional que encontraron a la joven con diferentes lesiones.

La Audiencia considera "desvirtuadas" las manifestaciones del acusado, que entre otras cuestiones, argumentó una supuesta enemistad entre él y la madre y la hija. La sentencia puntualiza al respecto que la víctima no quería denunciar "por el miedo que tenía hacia su pareja, que compaginaba actos de vejación y desprecio con otros en los que le manifestaba que cambiaría, lo que la realidad demostraba como irreal".

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