La defensa de un exdirigente sindical condenado por amenazas a empresas en nombre de ETA pide la absolución

Critica que la sentencia, que lo condenó a 26 años y 3 meses, no recogiese la petición de indulto del jurado
Sede TSXG
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EUROPA PRESS
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El abogado de Manuel Bouzas Barbazán, exdirigente de la Federación de Productos Lácteos de Galicia (Feplac), condenado a 26 años, tres meses y 15 días de cárcel por 15 delitos de amenazas condicionales a empresarios en nombre de ETA, ha pedido la absolución de su cliente, en la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

Para ello, ha alegado que se aplique la eximente por el trastorno psiquiátrico que padecía el acusado en el momento de los hechos. Además, ha reclamado que se tenga en cuenta la petición de indulto solicitada por el jurado, que planteó la suspensión parcial o total de la pena, y ha criticado que en la sentencia el magistrado no recogiese esta solicitud.

Manuel Bouzas, al que su letrado ha definido como un "pobre hombre", fue condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, a un año, nueve meses y un día de prisión por cada uno de los 15 delitos.

Amenazas a empresas

La sentencia consideró probado que, en mayo de 2008, el procesado envió cartas a los directores de 15 empresas en Galicia a las que, en nombre de ETA, les exigía el pago del "impuesto revolucionario".

Varias semanas después, el 23 de mayo, remitió más cartas, dirigidas a las mismas empresas, en las que reclamaba el pago de cantidades que oscilaban entre los 50.000 y los 100.000 euros.

También mantuvo contacto telefónico con algunas de ellas lo que facilitó su detención, en julio de 2008. En el juicio, Manuel Bouza reconoció los hechos y argumentó que lo hizo abrumado por las deudas.

La Audiencia de A Coruña consideró que las cartas formaban parte de un plan "preconcebido", pero tuvo en cuenta como atenuante la depresión del procesado y que estaba bajo tratamiento psiquiátrico, "lo que limitaba su capacidad de entender y creer lo que estaba haciendo". Sin embargo, consideró un agravante que las amenazas se hicieran por escrito y en nombre de un "grupo", en referencia ETA.

Pena máxima

En la vista de apelación, su letrado ha recalcado que "queda al arbitrio judicial aplicar la justicia" al cuestionar que el fallo no recogiese la petición de indulto o "la pena máxima" de cinco años, tres meses y tres días que, según ha argumentado, si se recoge en los fundamentos jurídicos.

"No pido que se le condene a dar una medalla, sino en sus justos términos", ha subrayado el abogado, en caso de que no se tenga en cuenta su petición de absolución para el que ha llamado "Manoliño, el de Brión".

Mientras, el fiscal ha pedido que se confirme la pena, "sin perjuicio de que la sala pueda incorporar o suplir defectos en la sentencia", en alusión a las críticas de la defensa por que no se incorporase la petición de indulto.

No obstante, ha negado que la sentencia genere "indefensión" al procesado y ha recalcado que "los fundamentos ya precisan la pena máxima", ha apostillado.

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