Absuelven de delito de coacción a hombres que dicen a sus deudores "te mando a un tío muy grande para darte una paliza"

Sugerían a los afectados que su mujer e hijos llevaran cuidado cuando salgan del colegio, "por si los atropellara un coche"
Palacio de Justicia de Murcia
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EUROPA PRESS
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La sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia absuelve a dos hombres de la falta de coacciones de la que fueron denunciados, quienes amenazaron a sus deudores con frases como "te tengo que mandar a un tío muy grande para darte una paliza y verás si a ese le pagas".

Aunque la Audiencia mantiene la condena por una falta de amenazas impuesta a uno de ellos, Lucas, a la pena de multa de 20 días a razón de diez euros diarios, en total 200 euros.

Así la sección tercera de la Audiencia Provincial de Murcia estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Defensa de Lucas y Rodrigo contra la sentencia dictada el 10 de diciembre de 2010 por el Juzgado de Instrucción Nº 8 de Murcia.

Pero condena a Lucas a la pena accesoria de alejamiento, con prohibición de acercarse a la parte denunciante a una distancia no inferior a 300 metros y prohibición de comunicarse con estos de cualquier modo o manera, durante un periodo de cuatro meses.

Y es que, según se desprende de una sentencia, se consideran hechos probados que en noviembre de 2008 los denunciados acudieron al domicilio de una empresa sita en el Polígono Industrial San Ginés de Murcia, visitando a los denunciantes, socios de la mencionada empresa, en relación con una deuda de 35.000 euros.

Tras varias visitas no hubo acuerdo, sin bien los denunciantes llegaron a saldar la cantidad de 25.750 euros, algo que no satisfizo a los denunciados, que reclamaban el resto y unos intereses calculados exclusivamente por ellos, al tiempo que les manifestaban que les denunciarían por estafa ante los Juzgados, lo que nunca hicieron.

Los denunciados continuaron contactando con los denunciantes, llegando a acudir a sus domicilios particulares y de algunos de sus familiares. En enero de 2009 Lucas dijo a los denunciantes "acuérdate de los que hablamos y que tu mujer y tus críos lleven cuidado cuando salgan del colegio, por si los atropellara un coche", según se desprende de una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En llamada telefónica el acusado Lucas dijo a los denunciantes "Te tengo que mandar a un tío muy grande para darte una paliza y verás si a ese le pagas".

A tenor de dichos hechos el Juzgado de Instrucción Nº 8 de Murcia condenaba a Lucas como responsable de una falta de amenazas prevista a la pena de multa de 20 días a razón de 10 euros diarios, en total 200 euros, y así como a la pena de multa de 20 días a razón de 10 euros diarios, en total 200 euros como responsable de una falta de coacciones.

También condenaba a Lucas a la pena accesoria de alejamiento, con prohibición de acercarse a la parte denunciante a una distancia no inferior a 300 metros y prohibición de comunicarse con la parte denunciante de cualquier modo o manera, durante ocho meses.

Así como condenaba a Rodrigo como responsable de una falta de coacciones a la pena de multa de 20 días a razón de 10 euros diarios, en total 200 euros, y a la pena accesoria de alejamiento, con prohibición de acercarse a la parte denunciante a una distancia no inferior a 300 metros y prohibición de comunicarse con la parte denunciante de cualquier modo o manera, durante un periodo de cuatro meses, aunque lo absolvía como responsable de la falta de amenazas de que ha sido acusado.

Ante esto, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia precisa que el delito de coacciones aparece caracterizado por una conducta violenta de contenido material, como física o intimidación, como compulsiva, ejercida sobre el sujeto pasivo, ya sea de modo directo o de modo indirecto.

Algo, señala, que no ocurre en esta ocasión y por lo que decide absolver a los acusados del delito de coacción.

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