Víctimas: Tienen derecho a recibir información, atención especializada, protección, seguridad, ayudas para la recuperación y la integración sociolaboral.
Menores: Los hijos afectados por un cambio de residencia como consecuencia de los malos tratos tendrán derecho a escolarización inmediata.
Medidas
Preventivas: Cada 5 años aprobarán un plan integral en el que participarán organismos e instituciones del ámbito social, jurídico, educativo, sanitarios, seguridad y medios de comunicación.
Acciones
Salud: La futura ley incluye atención psicológica como parte del tratamiento a las víctimas, protocolos específicos para la detección precoz de la violencia y su atención especializada en los servicios sanitarios.
Viviendas: Habrá un cupo de reserva específico en todas las promociones de vivienda protegida y las que estén en régimen de propiedad.
Empleo: Ofrecerá ayudas para contratar a estas mujeres y se fomenten sus iniciativas empresariales, previo acuerdo con sindicatos y organizaciones empresariales.
Justicia: Asistencia letrada por el turno de oficio especializado. La Junta se personará en los juicios sobre casos de muerte violenta.
Educación: Trabajarán por detectar y atender la violencia en los centros.
Medios de comunicación: La nueva ley controlará que no se promueva una imagen de las mujeres discriminatoria en los medios.
Comisión específica: Crearán una comisión de coordinación sobre violencia doméstica.
¿P or qué hace falta?
La futura lay
Hasta ahora había un plan de violencia andaluz, desarrollado desde el año 1998. La ley significa asentar los derechos básicos, según el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM).
El texto
ley autonómica
Setenta entidades de distintos ámbitos sociales han trabajado en la elaboración del anteproyecto de ley, con 69 artículos que se recogerán en cuatro títulos.
Víctimas
Aandalucía
En lo que va de año han fallecido en Andalucía seis mujeres (dos en la provincia de Almería). En los cuatro primeros meses se han presentado 4.326 denuncias.
Tres niveles
De atención
Existen los centros de emergencia (acogida inmediata), casas de acogida (acogida temporal de mujeres y hijos) y pisos tutelados (con carácter temporal).
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