El Supremo respalda el criterio del Gobierno para una expropiación por el PSIR de Marina de Cudeyo

El Tribunal Supremo ha respaldado el criterio que empleó el Gobierno de Cantabria en 2006 para la expropiación forzosa de una finca por la actuación desarrollada mediante el Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) de Marina de Cudeyo.

El Tribunal Supremo ha respaldado el criterio que empleó el Gobierno de Cantabria en 2006 para la expropiación forzosa de una finca por la actuación desarrollada mediante el Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) de Marina de Cudeyo.

El proceso hace referencia a la situación de un particular. Inicialmente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) le había dado la razón, anulando la resolución y obligando a una nueva valoración.

El Jurado que decidió la expropiación fijó el precio en 48,98 euros por metros cuadrado. Deducidos los gastos de urbanización, quedaba en 16,49 euros el metro cuadrado, y el precio final fue de 52.506 euros.

Para fijar ese precio, se habían basado en los de fincas similares del entorno para hacer una valoración de un suelo que había cambiado su calificación, situación que no había quedado actualizada en las ponencias catastrales que, en consecuencia, rechazó usar para sus cálculos.

Las ponencias lo consideraban suelo rústico y databan de 2001, pero en 2005 el suelo pasó a ser clasificado como urbanizable.

La sentencia ahora anulada consideró que el Gobierno no había utilizado para su valoración el conocido como método residual dinámico, pero el Supremo cree que sí que se usó este sistema, tal y como recogía el propio proyecto de urbanización.

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