El comité y la directiva de Lipasam logran un principio de acuerdo y lo elevan a la asamblea de trabajadores

El comité de empresa y la directiva de la sociedad pública de limpieza urbana del Ayuntamiento de Sevilla, Lipasam, han alcanzado finalmente un principio de acuerdo en cuanto a los términos del nuevo convenio colectivo. Dicho principio de acuerdo ha sido ya elevado a la asamblea de trabajadores del turno de mañana y esta tarde, a las 18,00 horas, los empleados de tal turno votarán este pre acuerdo, dado que sigue vigente la convocatoria de huelga promovida por el comité de empresa entre el Miércoles Santo y el Sábado Santo, por el contenido de las propuestas iniciales de la directiva.
Empleados De Lipasam Durante La Huelga General.
Empleados De Lipasam Durante La Huelga General.
EUROPA PRESS
Empleados De Lipasam Durante La Huelga General.

El comité de empresa y la directiva de la sociedad pública de limpieza urbana del Ayuntamiento de Sevilla, Lipasam, han alcanzado finalmente un principio de acuerdo en cuanto a los términos del nuevo convenio colectivo. Dicho principio de acuerdo ha sido ya elevado a la asamblea de trabajadores del turno de mañana y esta tarde, a las 18,00 horas, los empleados de tal turno votarán este pre acuerdo, dado que sigue vigente la convocatoria de huelga promovida por el comité de empresa entre el Miércoles Santo y el Sábado Santo, por el contenido de las propuestas iniciales de la directiva.

Antonio Bazo, secretario general de la sección de CCOO en Lipasam, ha informado a Europa Press de que aproximadamente 120 empleados han tomado parte en la asamblea de trabajadores del turno de mañana y han votado este principio de acuerdo. No obstante, ha explicado que las urnas permanecerán selladas hasta la asamblea del turno de tarde al objeto de que se pronuncie "el grueso" de la plantilla y los votos sean contabilizados de manera unificada.

Si la plantilla respalda este principio de acuerdo, el mencionado paro técnico sería "desconvocado" inmediatamente, pues Bazo ha anunciado que este preacuerdo contempla plenamente los términos necesarios para "cerrar el nuevo convenio".

Nuevo convenio colectivo

El principal escollo de la negociación del nuevo convenio colectivo residía en los capítulos tres y cuatro del texto, que versan sobre la jornada laboral, su distribución, los descansos, las vacaciones, los permisos retribuidos o el nivel de empleo. Y es que, según el comité de empresa, la propuesta inicial de la directiva de Lipasam para el nuevo convenio constituía "un retroceso de 26 años en cuanto a los derechos adquiridos".

Según el documento de la propuesta, al que tuvo acceso Europa Press, la jornada laboral propuesta quedaría fijada en 1.695 horas, desde las 1.582 anteriores, lo que supone 7,5 horas diarias y 37,5 horas semanales. En cuanto a la distribución de la jornada, se incluye que la dirección de la empresa podrá distribuir de manera "irregular a lo largo del año el cinco por ciento de la jornada de trabajo", respetando períodos mínimos de descanso diario y semanal.

Movilidad y condiciones de jubilación

Además, se modifica la rotación de turnos y la voluntariedad en determinados servicios y se asegura que se encuentran pendientes de estudios los capítulos de promoción interna y vacantes y el de 'Jubilación, nivel y mantenimiento de empleo', un área donde han sido borrados todos los puntos pactados anteriormente. Igualmente, se modifica el artículo 15 denominado 'Trabajos de superior categoría', por otro llamado 'Movilidad funcional' en el que se recoge que ésta "se efectuará de acuerdo a las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y con respeto a la dignidad del trabajador".

Así, se advierte de que "no cabrá invocar las causas de despido objetivo de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional". "La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional sólo será posible si existen, además, razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención", añade el escrito.

Cambios en los permisos

Asimismo, se elimina el hecho de que "toda excedencia y permiso no retribuido de personal de servicios superior a tres meses se suplirá con nuevas contrataciones temporales" y añade que la cobertura de jornadas especiales se podrán solicitar voluntarios de descanso para completar la cobertura de estos servicios que, de "no haber suficientes se asignará a los operarios habituales en cada uno de los servicios programados o se acudirá a la contratación temporal, si es posible".

En el capítulo de permisos retribuidos, se aclara ahora que se consideran parejas tanto las de hecho como las de derecho, "excepto en el caso del permiso por matrimonio", mientras que en el caso de intervención quirúrgica con hospitalización o enfermedad grave del cónyuge, padre o hijos, ya no se considera intervención quirúrgica el parto natural.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento