El Consultivo dictamina a favor de la nulidad de contratos temporales convertidos en indefinidos en Diputación de Toledo

La Diputación de Toledo acaba de conocer el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a favor de la nulidad de las contrataciones de más de 100 trabajadores de la institución como personal indefinido, realizadas mediante decreto el pasado 19 de mayo de 2011.
DIPUTACION DE TOLEDO CON ESCALERAS MECANICAS
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EUROPA PRESS
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La Diputación de Toledo acaba de conocer el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a favor de la nulidad de las contrataciones de más de 100 trabajadores de la institución como personal indefinido, realizadas mediante decreto el pasado 19 de mayo de 2011.

El Consejo Consultivo, según ha informado la Diputación en nota de prensa, ha confirmado las "sospechas de ilegalidad" del actual Gobierno de la Diputación de Toledo y declara, en su informe, que "procede la revisión de oficio del Decreto del entonces presidente de la Diputación —el socialista José Manuel Tofiño—, por concurrir en dicho acto administrativo la causa de nulidad contemplada" en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El presidente de la Corporación provincial, Arturo García-Tizón, inició nada más tomar posesión de su cargo el procedimiento de anulación de esos contratos al entender que podían existir causas de nulidad por no haberse ajustado a derecho.

A tal efecto, con fecha 30 de noviembre de 2011 se inició un Expediente de Revisión de Oficio del citado decreto de 19 de mayo de 2011, a fin de determinar si existieron en el mismo irregularidades invalidantes de su eficacia.

De dicho expediente se dio audiencia a los interesados a fin de que pudieran presentar las alegaciones que estimaran convenientes para la defensa de sus derechos. Tras su presentación, se remitió todo ello al Consejo Consultivo para la emisión del oportuno Dictamen.

Con fecha 29 de marzo de 2012, el Consejo Consultivo regional ha remitido a la Diputación el Dictamen solicitado, en el que estima se concurre la causa de nulidad de pleno derecho estipula en el artículo 62.1.e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Este dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha es preceptivo y vinculante.

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