Justicia no logra cerrar un acuerdo sobre los servicios mínimos con los sindicatos, que los ven "excesivos"

El Ministerio incluye como esencial la apertura de los juzgados durante las horas de audiencia y computa la huelga como día hábil

El Ministerio de Justicia y los sindicatos CCOO y UGT no han logrado alcanzar un acuerdo sobre los servicios mínimos del personal y los secretarios judiciales que trabajan en juzgados y tribunales de cara a la huelga general convocada para el próximo 29 de marzo.

Los interlocutores se levantaron el pasado viernes de la mesa de negociación sin haber conseguido acercar posturas sobre los servicios mínimos para el paro general, según fuentes presentes en la reunión.

CCOO demandaba el cumplimiento de varias sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior pide Justicia de Madrid que coinciden en que los servicios mínimos quedarán cubiertos con las dotaciones previstas para un día festivo, es decir con servicios de guardia.

Sin embargo, los representantes sindicales lamentan que el Ministerio ha querido "imponer un cupo de servicios mínimos en la Administración de Justicia superior" y ha incluido, "por su cuenta y no porque así lo establezca el Tribunal Supremo", la apertura y el funcionamiento mínimo de todos los juzgados y tribunales durante las horas de audiencia al público.

Los servicios mínimos propuestos por el Ministerio abarcan también otros servicios de asistencia y apoyo a la función jurisdiccional en Institutos de Medicina Legal o en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

El Ministerio ha fijado así unos servicios mínimos ligeramente inferiores a los de la huelga general fijada en septiembre de 2010 pero que, en cualquier caso, son "excesivos" a juicio de Comisiones Obreras y vulneran el derecho de huelga de los trabajadores.

Los servicios mínimos para el personal laboral serán del 20 por ciento o del 100 por ciento en el caso de los adscritos a las guardias de Equipos Técnicos de Menores. Esta decisión afecta a aquellas comunidades sin las competencias transferidas, esto es Castilla y León, Castilla-La Mancha, Baleares, Extremadura y Murcia.

Cuerpo de secretarios judiciales

Por contra, las directrices fijadas para el Cuerpo de Secretarios Judiciales afectan a todas las comunidades autónomas, tengan o no las competencias de Justicia transferidas. A este respecto, se han establecido dotaciones mínimas en todos los órganos jurisdiccionales, incluyendo a aquellos que no prestan servicios esenciales.

"Con la paradoja, en este caso, de que los funcionarios de dicho cuerpo cuyo destino esté en órganos judiciales de CCAA con transferencias en Justicia y en ésta se haya negociado servicios mínimos sólo de guardia (como ejemplo, la Comunidad de Madrid) deberán cubrir servicios mínimos de unos juzgados donde puedan estar sin servicio alguno por el resto de trabajadores que secunde la huelga", señala CCOO.

El sindicato ha solicitado al Ministerio una instrucción "clara" para las gerencias y secretarios de Gobierno o coordinadores con el fin de que el nombramiento de los servicios mínimos no se haga por designación de un secretario determinado, sino que se arbitren fórmulas "imparciales y objetivas" que garanticen la prestación del servicio "sin vulnerar el derecho a no declarar la intencionalidad del trabajador de cara al 29-M".

Servicios esenciales

El Ministerio de Justicia ha elaborado dos resoluciones, a las que ha tenido acceso Europa Press, en las que considera esenciales los "actos necesarios" del Registro Civil, las causas con preso, las medidas cautelares y, en general, todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la Ley o cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos.

A su entender, tampoco debe paralizarse la actividad de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer ya que ejecutan con carácter de urgencia medidas de protección a las víctimas.

El Ministerio incluye también a los Juzgados y las Fiscalías en servicios de guardia, a los órganos que tramitan medidas cautelares que afectan a derechos fundamentales o a los juicios orales con causas con preso.

Sin embargo, la apertura y el funcionamiento mínimo de todos los juzgados y tribunales es uno de los puntos que sí ha generado la distancia de los sindicatos. El Ministerio valora que la jornada de huelga se reputa como un día hábil "a todos los efectos y no impide el transcurso de los plazos procesales".

Por esta razón, concluye, debe garantizarse un mínimo servicio público de gestión de los asuntos para evitar el vencimiento de plazos perentorios y la lesión de derechos fundamentales.

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